Todas sus llamadas telefónicas serán espiadas, #LeyTelecom

Por José Víctor Rodríguez Nájera (*)

Uno de los alcances poco explorados sobre la Ley reglamentaria de la reforma en telecomunicaciones, que se discute al interior del Congreso mexicano, es la aplicación de la Ley de control y ejecución de intervención de comunicaciones privadas.

Según esta nueva disposición, considerada en el artículo 190 del proyecto de dictamen, se indica que las charlas telefónicas llevadas a cabo en territorio nacional serán grabadas y conservadas para que las instancias de justicia las tengan disponibles en tiempo real.

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Entre la amplia variedad de temas, algunos extremadamente técnicos, está la obligación de los concesionarios para colaborar con las instancias de seguridad, procuración y administración de justicia, de no hacerlo, los proveedores de estos servicios podrían ser sancionados en el marco del Código Penal de nuestro país.

De esta forma, tendrían la obligación de conservar un registro y control de las comunicaciones que se realicen desde cualquier tipo de línea telefónica, bajo cualquier modalidad, es decir, ya sea del servicio convencional o móvil (celular), incluyendo el nombre y domicilio suscriptor o de la razón social.

Además de conservar todo “tipo de comunicación (transmisión de voz, buzón vocal, conferencia, datos), servicios suplementarios (incluidos el reenvío o transferencia de llamada) o servicios de mensajería o multimedia empleados (incluidos los servicios de mensajes cortos, servicios multimedia y avanzados)”.

La disposición legal agrega que deberán también estar disponibles aquellos datos para rastrear e identificar el origen y destino de las comunicaciones de telefonía móvil: número de destino, modalidad de líneas con contrato o plan tarifario, así como en la modalidad de líneas de prepago.

Además de tener la ubicación digital de la posición geográfica de las líneas telefónicas, el texto agrega que los deberán también estar disponibles los “datos necesarios para determinar la fecha, hora y duración de la comunicación, así como el servicio de mensajería o multimedia”.

A partir de la fecha en que se lleven a cabo las conversaciones, los concesionarios deberán tener estos datos 12 meses a disposición de las autoridades para que sean consultados “en tiempo real” a través de medios electrónicos.

Al concluirse este plazo, “el concesionario deberá conservar dichos datos por doce meses adicionales en sistemas de almacenamiento electrónico, en cuyo caso, la entrega de la información a las autoridades competentes se realizará dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes, contadas a partir de la notificación de la solicitud”.

001 El diputado federal panista Juan Pablo Adame me expresó su preocupación por la modificación que realizaron los legisladores del partido en el poder, el PRI, en la redacción de este artículo, ya que subrayó su redacción es “mañosa”.

El senador de la República, Javier Corral, también panista, suscribió que el gobierno del presidente Enrique Peña Nieto, con estos alcances mantendrá “el control informativo más regresivo de nuestros tiempos”.

Usted juzgue, querido lector.

* Periodista mexicano / @JoseVictor_Rdz

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