Sergio Gutiérrez Luna

Gutiérrez Luna propone nueva Ley General de Paridad en la postulación de candidaturas

Propone Gutiérrez Luna nueva Ley General de Paridad e Inclusión en la postulación de candidaturas

Por Gabriela Díaz | Reportera

El diputado Sergio Gutiérrez Luna presentó una iniciativa para crear nueva Ley General de Paridad e Inclusión en materia de postulación de candidaturas e integración de órganos de elección popular para garantizar la paridad de género en las candidaturas a los distintos cargos de elección popular, toda vez que ésta es obligatoria en todo.

Se prevé la paridad y aplicación de sus reglas en los poderes legislativos, federales y locales, así como en los ayuntamientos, ya que se considera la naturaleza y dimensión de los órganos legislativos.

En el caso de la Cámara de Diputados, se considera que su integración final debe ser paritaria dado que se conforma por 500 personas legisladoras, y por contraparte, en el Senado de la República, se prevé la posibilidad de la integración paritaria, dado que el menor número de personas legisladoras, así como el hecho de tres cuartas partes de dicho órgano legislativo es electo en las entidades federativas de manera directa.

“El grado de posible corrección por distorsión de paridad en el Senado de la República es reducido. Se prevé que en el caso de la Cámara Alta se puedan realizar ajustes para tratar de alcanzar la paridad de manera proporcional”, mencionó Gutiérrez Luna.

Por otra parte, se prevé también la paridad en la postulación de candidaturas de personas titulares de los poderes ejecutivos de las entidades federativas.

Asimismo, al considerar que hay activismo excesivo por parte de las autoridades electorales, la iniciativa presentada por el diputado Gutiérrez Luna también pretende que evolucione el criterio que propuso el Instituto Nacional Electoral para que existiera paridad por año en la postulación de gubernaturas. “Fue un buen inicio, pero no atiende a la integralidad necesaria del universo de las 32 entidades federativas”, consideró.

Las autoridades electorales, administrativas y jurisdiccionales, tanto federales como locales, no podrán condicionar ni suspender derechos o prerrogativas político-electorales de la ciudadanía solicitando mayores requisitos ni dar sanciones administrativas o judiciales distintas de las penales que los que expresamente determinan la Constitución y esta Ley.

“Toda paridad versa sobre un universo, por ejemplo: la totalidad de las personas integrantes de un congreso o los ayuntamientos en una entidad federativa, y en esa lógica, en el caso de las gubernaturas y jefatura de gobierno de la Ciudad de México, el universo son las 32 entidades federativas en su conjunto, y no las gubernaturas que coincidan en un año”. –sn–

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