Los testamentos de época colonial revelan temor a la muerte y devoción religiosa

Los testamentos de época colonial revelan temor a la muerte y devoción religiosa

Mireya Estrada | Corresponsal

Hace 217 años, en 1806, una mujer llamada Antonia de la Rea, originaria de Texcoco, tomó la decisión de dictar su testamento. A los 50 años, se dispuso a planificar su partida y asegurar su salvación eterna, incluyendo un ritual para el día de su muerte.

El testamento de Antonia de la Rea, que especificaba el contenido de su ofrenda, quiénes debían asistir a su misa de cuerpo presente, el número de sacerdotes y la cantidad de oraciones, algunas veces llegando a mil misas, así como si estas debían ser rezadas o cantadas, se encuentra resguardado en el Archivo General de Notarías del Instituto de la Función Registral del Estado de México (IFREM).

En la época colonial, estos documentos eran comunes y revelaban el profundo temor a la muerte y la devoción religiosa de la población. Según Emilia Delgado, Investigadora Histórica del IFREM, los testadores dictaban cómo querían ser sepultados y qué ofrendas deseaban para asegurar la salvación de sus almas.

– Bienes raíces –

Los bienes raíces eran frecuentemente dispuestos para venderse y financiar la realización de misas y oraciones para el descanso eterno de los testadores. También se detallaba qué tipo de flores les gustaba a los difuntos, y estas eran incluidas en sus ofrendas con el propósito de garantizar el alivio de sus almas en el más allá.

Juana García, otra investigadora histórica del IFREM, destacó que en esa época, la religiosidad y el miedo a la muerte eran características predominantes en la sociedad. Las personas, al dictar sus testamentos, expresaban su devoción y arrepentimiento por sus pecados.

El temor a la muerte era una constante, y la frase «temiendo la hora incierta» era utilizada frecuentemente en los documentos. Las personas se esforzaban por colocar sus almas en camino de salvación y buscaban asegurar que su testamento reflejara sus deseos y creencias religiosas.

– Testamentos modificados –

Tanto Emilia Delgado como Juana García destacaron que, al igual que en la actualidad, los testamentos podían ser modificados, revocados y contenían cláusulas específicas de acuerdo a la voluntad del testador.

El IFREM, un órgano público descentralizado de la Consejería Jurídica del estado de México, alberga alrededor de 3,000 documentos de la memoria histórica del estado.

Estos documentos son resguardados con extremas medidas de conservación, incluyendo control de temperatura, fumigación para evitar daños por fauna nociva del papel y la tinta, y manipulación con instrumentos específicos. –sn–