Unión Europea implementa sistema ICS2 para proteger transporte de mercancías

El nuevo sistema de seguridad y protección previas a la llegada a las aduanas de la Unión Europea —Sistema de Control de la Importación 2 (ICS2)— introducirá un nuevo procedimiento.
Por Verónica Estrada | Reportera

Con la tercera fase, los transportistas de mercancías por vía marítima, vías navegables interiores, carretera y ferrocarril con destino en la UE o en tránsito por el territorio también deberán facilitar datos sobre la carga mediante una declaración sumaria de entrada (ENS) antes de su llegada a la UE.

Los que resulten afectados deberán asegurarse de recopilar los datos correctos y completos de los clientes, actualizar sus sistemas informáticos y procesos operativos y ofrecer la formación necesaria a su personal. A partir del 11 de diciembre de 2023, los operadores económicos también deberán completar una prueba de autoevaluación de la conformidad antes de conectarse al ICS2 para comprobar que pueden acceder a la plataforma e intercambiar mensajes con las autoridades aduaneras.

Los Estados miembros pueden otorgar un periodo dentro de los plazos siguientes: del 3 de junio de 2024 al 4 de diciembre de 2024 (transportistas por vía marítima y vías navegables interiores); del 4 de diciembre de 2024 al 1 de abril de 2025 (declarantes a nivel house para el transporte por vía marítima y vías navegables interiores); y del 1 de abril de 2025 al 1 de septiembre de 2025 (transportistas por carretera o ferrocarril).

La UE es uno de los principales actores en el comercio internacional de mercancías, pues representa alrededor del 14 % de este. Al recabar datos sobre seguridad y protección, las autoridades aduaneras. Para los operadores económicos, el ICS2 supone la optimización de las solicitudes de información adicional y las evaluaciones del riesgo previas a la salida por parte de las autoridades aduanera.

El ICS2 en detalle

Desde el 15 de marzo de 2021, fecha en la que entró en vigor la Fase 1, los envíos postales y urgentes por vía aérea con destino en la UE o en tránsito por el territorio están sujetos a la presentación de una parte de la declaración sumaria de entrada (llamada «información anticipada sobre transporte de mercancías previa a la carga» o «PLACI») antes de ser cargados en el avión con destino en la UE.

En virtud de la Fase 2 del ICS2, en vigente desde el 1 de marzo de 2023, los envíos generales por vía aérea también están sujetos a la presentación de la PLACI y de toda la información requerida en la declaración sumaria de entrada (ENS) antes de su llegada a la UE. –sn–