Limita SCJN facultades del Congreso de Nuevo León en juicio político a Samuel García

Por Martín García | Reportero

El gobernador de Nuevo León, Samuel García Sepúlveda, podría enfrentar un juicio político en el Congreso de la entidad por no enviar los paquetes presupuestales de 2023 y 2024. Sin embargo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que no puede ser separado de su cargo hasta que lo ordene un Tribunal Superior de Justicia a través de un juicio.

La decisión se tomó durante el análisis de la controversia constitucional promovida por el Poder Ejecutivo de Nuevo León contra el Poder Legislativo de la entidad. La demanda buscaba la invalidez de la Ley de Juicio Político y el artículo 203 de la Constitución local.

Invalidez del artículo 203

El pleno de la SCJN invalidó el artículo 203, párrafo segundo, de la Constitución de Nuevo León, que permitía al Congreso separar del cargo a Samuel García. En la sesión, siete de los once ministros votaron por declarar inconstitucional la porción del artículo que facultaba esta separación.

El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo no emitió su voto debido a su ausencia. El proyecto, elaborado por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, argumentó que el Congreso de Nuevo León carece de facultades para alterar la decisión popular de elegir a Samuel García como gobernador.

Protección del mandato popular

González Alcántara señaló que el mandato popular de los servidores públicos debe estar protegido contra interferencias indebidas que alteren dicho mandato. «El Congreso local no puede por sí solo alterar el mandato de la ciudadanía neonolense que confirió al titular del Poder Ejecutivo para ejercer el cargo por un periodo determinado», expresó el ministro.

La ministra Yasmín Esquivel Mossa advirtió que separar al gobernador antes de ser juzgado implica una sentencia anticipada. «Si el Congreso local funge como órgano acusador y el Tribunal Superior de Justicia se erige como jurado de sentencia, ello significa que al Poder Legislativo sólo le corresponde substanciar el procedimiento, sin estar facultado para imponer prácticamente una sanción anticipada», explicó.

Procedimientos judiciales y legislativos

La SCJN reiteró que el Congreso local sólo puede substanciar el procedimiento del juicio político. La imposición de una sanción anticipada, como la separación del cargo, equivaldría a una destitución, que sólo debería resultar del juicio político.

En la controversia constitucional, el Poder Ejecutivo de Nuevo León argumentó que la Ley de Juicio Político y el artículo 203 de la Constitución local eran inconstitucionales. La SCJN resolvió que el Congreso local no puede separar al gobernador sin una sentencia judicial definitiva.

Reacciones y análisis

Analistas políticos consideran que la decisión de la SCJN sienta un precedente importante sobre las facultades de los congresos locales en la destitución de funcionarios electos. La protección del mandato popular y el respeto a los procesos judiciales son elementos clave en este fallo.

El gobernador Samuel García ha enfrentado críticas por la omisión de los paquetes presupuestales. Sin embargo, la decisión de la SCJN lo mantiene en su cargo hasta que un tribunal superior emita una sentencia definitiva. –sn–