La Segunda Sala de la SCJN discutirá el amparo de la televisora contra las restricciones impuestas por el Reglamento de la Ley General de Salud
Por Martín García | Reportero
El próximo miércoles, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutirá un amparo presentado por Televisión Azteca en contra de las disposiciones que regulan la publicidad de productos con sellos de advertencia dirigida a niñas, niños y adolescentes (NNA), así lo advirtió la organización El Poder del Consumidor.
"La televisora, junto a una empresa no identificada, busca eliminar las restricciones que prohíben el uso de personajes y elementos gráficos en publicidad de productos no saludables", expuso la organización.
En 2022, el Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad (RLGSMP) fue modificado para alinearse con recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y Unicef, que sugieren limitar la exposición de NNA a publicidad de alimentos con alto contenido de grasas, azúcares y sal. Las empresas argumentan que estas modificaciones afectan su competencia económica y los derechos de libertad de trabajo y comercio.
Cuestiona facultades
El amparo de Televisión Azteca no solo plantea que las restricciones son excesivas, sino que cuestiona la capacidad de la Secretaría de Salud para regular la publicidad. La televisora sostiene que las restricciones no permiten la libre competencia y afectan la economía del sector publicitario, limitando su capacidad para generar ingresos por la promoción de productos con sellos de advertencia.
Organizaciones de la sociedad civil han señalado la importancia de estas regulaciones para proteger a la infancia. Ana Larrañaga, investigadora de El Poder del Consumidor, afirmó que las empresas como TV Azteca no asumen la responsabilidad social de evitar la promoción de productos que dañan la salud infantil. "La publicidad engañosa dirigida a NNA fomenta el consumo de alimentos ultraprocesados, desplazando opciones saludables", advirtió Larrañaga.
La publicidad tiene un papel decisivo en los hábitos alimenticios de los menores. Según la Encuesta Nacional de Consumo de Contenidos Audiovisuales 2020-2021, el 82% de las niñas y niños en México ven televisión, con un promedio de 4.5 horas diarias, mientras que el 67% usan internet. Durante ese tiempo, están expuestos a publicidad de productos como comida chatarra y bebidas azucaradas, lo que incrementa el riesgo de obesidad.
Obesidad infantil
En México, el 37.8% de las niñas y niños en edad escolar y el 43.8% de los adolescentes viven con sobrepeso u obesidad, lo que convierte esta situación en una crisis de salud pública. Los expertos en salud sostienen que limitar la publicidad dirigida a NNA es una medida clave para frenar este problema.
Tanto la OMS como Unicef han emitido recomendaciones claras para reducir la exposición de NNA a la publicidad de alimentos no saludables. En julio de 2023, ambas organizaciones publicaron guías que enfatizan la necesidad de políticas que restrinjan la publicidad de alimentos con altos contenidos de grasas saturadas, trans, azúcares y sal.
Estas políticas buscan garantizar el derecho de NNA a una vida saludable, tal como lo establece la normativa internacional de derechos humanos. Chantal Reyes, abogada de El Poder del Consumidor, subrayó la importancia de proteger a los menores frente a las estrategias agresivas de la industria alimentaria. "NNA son más vulnerables a los mensajes publicitarios debido a su falta de madurez cognitiva", explicó Reyes.
Postura de la SCJN
La ministra Lenia Batres, quien elaboró el proyecto de sentencia, propone negar el amparo solicitado por Televisión Azteca. En su proyecto, Batres sostiene que la Secretaría de Salud cuenta con las facultades suficientes para regular la publicidad dirigida a NNA y que las restricciones impuestas no violan los derechos de las empresas, sino que buscan proteger la salud pública.
El proyecto afirma que no se trata de una prohibición total de publicidad, ya que los productos sin sellos de advertencia podrán seguir utilizando personajes y elementos gráficos en sus campañas dirigidas a menores. De este modo, se garantiza el equilibrio entre los derechos de libre comercio y la protección de la salud de la infancia.
El objetivo de esta regulación es minimizar los riesgos asociados a los malos hábitos alimenticios desde una edad temprana, como lo explicó la ministra en el proyecto. "La publicidad dirigida a NNA no debe fomentar el consumo de productos que pongan en riesgo su bienestar físico o emocional", menciona el documento.
De esta manera, la SCJN busca establecer un precedente que priorice la salud pública sobre los intereses comerciales, reconociendo la vulnerabilidad de los menores ante los mensajes persuasivos de la publicidad. –sn–

