TEPJF

TEPJF descarta denuncia sobre «acordeones» electorales

TEPJF desechó denuncia por presunta coacción del voto en elección judicial. INE no investigará supuesto reparto de guías.

Por Gabriela Díaz | Reportera                                                       

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió desechar una denuncia sobre el presunto uso de acordeones para inducir el voto en la reciente elección judicial, al considerar que no se presentaron pruebas suficientes para abrir una investigación formal.

Durante la sesión celebrada este miércoles, con cuatro votos a favor y uno en contra, los magistrados ratificaron el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) que previamente había decidido archivar la queja por falta de elementos probatorios sólidos. El magistrado Felipe Fuentes argumentó que las autoridades electorales “no pueden actuar por rumores, conjeturas o publicaciones en redes sociales”, y que se requiere evidencia sustancial para ejercer sus facultades de fiscalización.

Añadió que no basta con hacer señalamientos públicos o mediáticos sin respaldo documental o material que acredite la supuesta infracción electoral. La denuncia fue promovida por la asociación Proyecto Justicia, que entregó cuatro enlaces digitales, capturas de pantalla y un video parcial como evidencia de una supuesta distribución masiva de guías de voto a favor de candidatos respaldados por Morena y funcionarios de Cdmx.

El magistrado Fuentes enfatizó que “la carga probatoria recae en quien denuncia” y que, en este caso, no se establecieron fechas, mecanismos de entrega ni se explicó cómo estas guías influenciaron el resultado de la elección. Afirmó que, bajo los criterios del tribunal, el expediente carecía de los elementos mínimos necesarios para activar un procedimiento sancionador.

Postura disidente de un magistrado

Asimismo, subrayó que la resolución del INE no cierra la puerta a futuras denuncias que sí presenten elementos verificables y suficientes. Por su parte, el magistrado Reyes Rodríguez votó en contra de la resolución, al considerar que el INE “no agotó sus facultades de investigación” y actuó de forma pasiva frente a hechos públicos y notoriamente difundidos.

Señaló que los materiales presentados, incluidos los nombres de aspirantes contenidos en las guías, no pueden considerarse rumores, ya que varios de ellos resultaron posteriormente electos. Indicó que el valor de las investigaciones periodísticas debe ponderarse y no ser descartado de forma automática por no provenir de fuentes oficiales.

En su intervención, insistió en que “la autoridad electoral tiene la obligación de investigar cuando hay un indicio razonable de una posible irregularidad”. El fallo del TEPJF se suma a una serie de resoluciones donde se privilegia el principio de presunción de legalidad, salvo que existan pruebas fehacientes de irregularidades que ameriten indagación.

Con ello, la elección judicial, cuestionada por diversos sectores, continúa sin investigaciones oficiales activas relacionadas con coacción o manipulación del sufragio. El magistrado presidente del tribunal no intervino en la discusión, pero avaló el acuerdo de desechar la queja por falta de pruebas sustanciales.

Sin efecto la queja presentada

La asociación denunciante no ha informado si buscará presentar nuevos recursos o si acudirá a otras instancias jurisdiccionales o internacionales. El magistrado Fuentes recordó que “la autoridad electoral dijo que no había pruebas suficientes”, pues la asociación Proyecto Justicia solo presentó cuatro enlaces electrónicos, capturas de pantalla y un fragmento de video como pruebas de una distribución masiva de acordeones para inducir el voto.

Abundó que las denuncias, basadas en publicaciones periodísticas, deben estar acompañadas de una carga probatoria adicional, pues en la queja tampoco se señalaron “fechas ni se explicó cómo influyeron en el proceso electoral”. Aseveró que las pruebas presentadas “no permiten suponer que se hizo la comisión de una falta electoral; no cierro la posibilidad de que existan otras denuncias donde haya esos elementos”. –sn–

TEPJF
TEPJF

¡Conéctate con Sociedad Noticias! Suscríbete a nuestro canal de YouTube y activa las notificaciones, o bien, síguenos en las redes sociales: FacebookTwitter e Instagram.

También, te invitamos a que te sumes a nuestro canal de información en tiempo real a través de Telegram.