Tren de pasajeros

Crean agencia federal para trenes y transporte público

Agencia operará con autonomía y patrimonio propio.

Por Gabriela Díaz | Reportera                                                       

Es oficial: la Agencia de Trenes y Transporte Público Integrado será un organismo descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio. Además, tendrá autonomía técnica y de gestión, y estará sectorizada a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, encabezada por Jesús Antonio Esteva Medina.

Así lo estableció el decreto por el que se reformaron, adicionaron y derogaron disposiciones de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 2025. El documento entró en vigor un día después.

Planeación, regulación, construcción

La nueva agencia federal tendrá atribuciones para planear, construir, modernizar, conservar, regular, supervisar, fomentar y diseñar el sistema ferroviario nacional. También abarcará el transporte multimodal y su integración con el transporte público urbano.

Entre sus funciones destaca la coordinación para construir vías férreas y adquirir equipo rodante. Tendrá la capacidad de ejecutar proyectos estratégicos en todo el país, con visión de largo plazo.

La creación de la agencia refuerza el papel del Estado como rector del servicio ferroviario y recupera su función en la planeación, regulación y supervisión del sector.

Con ello, el transporte ferroviario de pasajeros será reactivado, y el servicio de carga podrá ampliarse como parte de la red nacional de conectividad.

Interés público y patrimonio nacional

De acuerdo con el decreto, la agencia podrá administrar, conceder y vigilar los bienes nacionales destinados al sistema ferroviario. Las vías férreas seguirán siendo parte del dominio público de la Federación.

Se garantiza así que los recursos estratégicos permanezcan bajo control estatal, y se proteja el patrimonio colectivo frente a intereses privados.

El Ejecutivo federal deberá constituir formalmente el organismo dentro de los 90 días hábiles siguientes a la publicación del decreto.

Reformas legales complementarias

El marco legal fue ajustado mediante reformas a otras leyes, como la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. También se modificó la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.

De igual manera, se actualizaron la Ley de Vías Generales de Comunicación y la Ley General de Bienes Nacionales, en materia ferroviaria y de armonización normativa.

Estas adecuaciones legislativas buscan dar certeza jurídica a las nuevas atribuciones del Estado en materia de trenes y transporte público. –sn–

Tren de paajeros
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