Violencia contra menor

Edomex endurece sanciones contra el acoso sexual

El Estado de México reforzó sanciones y formalizó la reforma contra el acoso.


Por Mireya Estrada | Corresponsal                                                

La administración de Delfina Gómez Álvarez publicó en la Gaceta del Gobierno la reforma al artículo 269 Bis del Código Penal estatal, la cual se aplicó para combatir el acoso sexual mediante denuncias más ágiles. La medida estableció mecanismos para garantizar atención inmediata a víctimas. El decreto también incrementó las sanciones para quienes cometieron este delito.

Con el Decreto Número 216, la entidad mexiquense se integró al Pacto Xicoténcatl que busca homologar leyes de protección a mujeres en el país. Esta iniciativa se orientó a cerrar vacíos legales y reforzar la defensa de los derechos humanos. La reforma aseguró procedimientos penales más claros y con enfoque de protección integral.

La modificación legal definió que una sola conducta de naturaleza sexual no consentida constituyó acoso sexual. La disposición añadió que cualquier acto que lesionó la dignidad de la víctima acreditó el delito. El texto confirmó que no se exigió repetición de hechos para proceder legalmente.

Alcances de la reforma

La reforma amplió la definición del acoso sexual a espacios públicos y sistemas de transporte. La norma incluyó lugares como calles, mercados, terminales y vehículos destinados a pasajeros. La ampliación otorgó cobertura legal más amplia a víctimas en zonas de riesgo.

La actualización del Código Penal indicó que, si la conducta se repitió o aprovechó condiciones de vulnerabilidad, la pena aumentó a la mitad. La medida integró elementos de indefensión y riesgo inminente para valorar agravantes. El objetivo consistió en sancionar con mayor rigor conductas de alto impacto.

La reforma estableció sanciones para personas servidoras públicas que impidieron la presentación de denuncias. La norma fijó castigos de dos a seis años de prisión y multas de 200 a 500 días. También determinó destitución e inhabilitación para quienes persuadieron a víctimas de no denunciar.

Protección y justicia

La interpretación del delito se orientó bajo criterios de perspectiva de género. El marco jurídico exigió considerar los contextos de vulnerabilidad de cada víctima. La disposición fortaleció criterios de protección en el proceso penal.

Con este ajuste, la titular del Ejecutivo mexiquense colocó al Estado de México entre las primeras entidades en actualizar su legislación contra el acoso sexual. La reforma se enfocó en evitar la revictimización durante la denuncia. La medida reafirmó su compromiso con garantizar acceso efectivo a la justicia.

El gobierno estatal aseguró que la actualización de la norma contribuyó a construir entornos más seguros. La medida integró principios de acompañamiento jurídico y atención prioritaria. El decreto reafirmó el objetivo de asegurar una vida libre de violencia para las mexiquenses. –sn–

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