El TEPJF reconoció derechos de militancia y ordenó revisar omisión partidista.
Por Gabriela Díaz | Reportera
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó por unanimidad que la militancia de Morena sí pudo controvertir la omisión de convocar a la renovación de la presidencia del Instituto Nacional de Formación Política. La resolución se emitió tras el análisis de diversos juicios ciudadanos promovidos por integrantes del partido. El órgano jurisdiccional ordenó a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia (CNHJ) considerar ese derecho al resolver el caso.
El fallo estableció que la CNHJ debió admitir el análisis del fondo del asunto. La Sala Superior precisó que el reclamo se relacionó con el cumplimiento de estatutos internos. La decisión ordenó resolver en un plazo breve conforme a la normativa partidista.
El asunto se originó cuando la militancia señaló la falta de convocatoria para renovar un cargo directivo. La presidencia del Instituto Nacional de Formación Política permaneció sin renovación en los tiempos previstos. Ese hecho motivó la inconformidad interna.
Antecedentes del conflicto
En diciembre de 2025, la CNHJ declaró improcedente la queja presentada. La instancia partidista argumentó que la militancia no acreditó una afectación directa. Con ese criterio, negó el interés jurídico de quienes promovieron el recurso.
Tras esa resolución, a finales de diciembre se interpusieron juicios ciudadanos ante la Sala Superior. Los promoventes señalaron una vulneración al derecho de acceso a la justicia. También expusieron el incumplimiento de estatutos y reglamentos internos.
Los escritos de demanda cuestionaron el alcance del criterio adoptado por la CNHJ. La militancia sostuvo que el órgano partidista limitó indebidamente sus derechos. El planteamiento fue admitido para su revisión constitucional. –sn–


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