La Comisión Europea ve «inadmisible» el sistema de doble registro

Asegura que el sistema va en contra de la normativa europea y le da un plazo de cinco meses para aplicar un procedimiento compatible con el Derecho de la Unión

Por Vera Martín del Campo | Corresponsal

Bruselas pone freno a España en la regulación de los alquileres de corta duración. Para la Comisión Europea, el sistema de doble registro es "inadmisible" ya que incumple directamente la normativa europea, por lo que le da cinco meses para que cualquier sistema de registro en España sea plenamente compatible con el Derecho de la Unión.

La normativa a la que se refiere Bruselas es el Reglamento europeo sobre alquileres de corta duración (Reglamento STR), que establece que una unidad de alojamiento no puede estar sujeta a más de un procedimiento de registro, independientemente de si este es exigido a nivel nacional, regional o local.

La Ventanilla Única Digital, por la que indentificó más de 86.200 pisos de corta duración ilegales, impone una nueva obligación estatal centralizada que convive con los registros autonómicos y locales ya existentes. –sn–