Se invalida norma que imponía cargas excesivas a las personas propietarias de una vivienda en Veracruz.
Por Martín García | Reportero
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó la inconstitucionalidad del artículo 16 de la Ley de Inquilinato del Estado de Veracruz, en su última porción normativa, que obliga a la persona propietaria de un inmueble a proporcionar otra vivienda al inquilino o inquilina en las mismas condiciones de alquiler cuando se le solicite la desocupación del inmueble.
El Pleno determinó que dicha obligación excede el alcance constitucional del derecho a una vivienda digna, ya que impone una carga desproporcionada e injustificada al arrendador y afecta su derecho de propiedad privada.
La Corte reconoció que el derecho a la vivienda incluye el elemento de seguridad jurídica de la tenencia, particularmente en el contexto de los contratos de arrendamiento de casa habitación, en los que la persona no es propietaria del inmueble, pero sí titular de un interés jurídicamente protegido en la estabilidad de su ocupación. –sn–

