Edificio del SAT

SAT tendrá acceso en tiempo real a datos de Uber, Airbnb y Amazon para auditorías con IA

La información de las compañías, según las regulaciones, deberá ser cargada en el sistema del SAT a más tardar al día siguiente de la operación y mantenerse disponible de forma permanente durante cinco años.


Por Gabriela Díaz | Reportera                                                      

Este miércoles 1 de abril, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) podrá tener acceso en línea y en tiempo real a la información fiscal de diversas plataformas digitales para auditorías realizadas por su inteligencia artificial (IA), como parte de los últimos ajustes al Código Fiscal de la Federación.

Las nuevas actualizaciones, que entraron en vigor en 2026, corresponden a los cambios realizados en el artículo 30-B del Código Fiscal de la Federación, aplicables a las plataformas de servicios digitales existentes desde 2020. Esta modificación busca añadir mayor transparencia en la información reportada por las compañías y permitir un proceso fiscal más riguroso.

¿Qué cambios habrá con la nueva revisión del SAT?

Ahora, plataformas digitales como Uber, Airbnb y Amazon tendrán la obligación de otorgar al SAT un acceso permanente en línea y en tiempo real a la información sobre las transacciones individuales con clientes, como:

  • Tipo de servicio u operación
  • IVA cobrado
  • Método de pago utilizado
  • Precio sin IVA
  • Total con IVA
  • Folio o ID del comprobante

Además, las plataformas deberán presentar de manera obligatoria datos del vendedor o anfitrión, como:

  • Nombre o razón social
  • RFC o ID fiscal
  • CURP (solo para personas físicas)
  • Domicilio fiscal
  • CLABE o cuenta bancaria
  • Montos base para calcular ISR e IVA
  • Retenciones realizadas por la plataforma

La información de las compañías, según las regulaciones, deberá ser cargada en el sistema del SAT a más tardar al día siguiente de la operación y mantenerse disponible de forma permanente durante cinco años.

¿Qué plataformas entrarán en la nueva regulación?

Los servicios digitales sujetos a estas nuevas disposiciones serán aquellos que proporcionen servicios de:

  • Transporte terrestre de pasajeros
  • Entrega de alimentos preparados
  • Entrega de bienes (distintos de alimentos preparados)
  • Hospedaje
  • Comercio de bienes
  • Otros tipos de servicios
  • Descarga o acceso a contenido digital
  • Clubes en línea y páginas de citas
  • Enseñanza a distancia, tests o ejercicios

Para las plataformas que no cumplan con los nuevos parámetros en su ejercicio fiscal, el SAT advirtió sobre posibles sanciones, que podrían derivar en el bloqueo temporal del servicio digital en México, así como en la retención del 100% del IVA en lugar del 50%. –sn–

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