Justicia civil y reparación del daño, exige Karla Quintero

Por Deyanira Vázquez | Reportera

La muerte de un menor de 13 años en un campamento escolar encendió la discusión sobre la responsabilidad civil en instituciones educativas. La tragedia ocurrió en una academia militar ubicada en la alcaldía Cuauhtémoc, en la capital del país.

Ante estos hechos, Karla Quintero Moreno, candidata a juez civil por el Distrito Electoral Judicial 2, afirmó que la justicia también implica una reparación integral. El caso generó conmoción por las condiciones en que se encontró el cuerpo del menor.

“El daño a una familia no termina con un proceso penal”, dijo la aspirante. “Debe haber justicia económica y moral para quienes padecen una pérdida irreparable por negligencia institucional”.

La justicia va más allá del castigo penal: Quintero

Karla Quintero precisó que cuando una escuela entrega a una madre el cuerpo de su hijo con signos de abandono, la ley debe intervenir. Consideró que existe una doble vía de justicia: la penal y la civil.

Insistió en que la legislación vigente obliga a resarcir los daños cuando hay omisión, negligencia o dolo. “La justicia no se limita a castigar. También repara”, expresó ante medios.

La candidata añadió que cualquier institución que albergue menores tiene la obligación de garantizar su bienestar. Y si falla, debe asumir las consecuencias legales correspondientes.

Reiteró que la reparación del daño no está condicionada a la conclusión de procesos penales. “La responsabilidad civil camina por una vía distinta, pero igual de relevante”, puntualizó.

Permisos irregulares y negligencia institucional, alertó la aspirante

El caso del menor identificado como Erick “N”, ocurrido el pasado 25 de abril, reveló presuntas irregularidades. La academia donde ocurrió la tragedia no contaba con permisos para organizar campamentos escolares.

Para Quintero Moreno, esa omisión podría configurar una conducta negligente, lo que activa la responsabilidad civil. “La falta de autorización demuestra que se operó al margen de la ley”, sostuvo.

La aspirante recordó que el Código Civil de la Ciudad de México contempla la reparación del daño. Señaló que el artículo 1910 obliga a quien cause un perjuicio por acto ilícito a indemnizar a la víctima o a sus familiares.

“La pérdida de un hijo no se repara con dinero, pero la ley sí puede obligar a asumir consecuencias”, dijo. También refirió el artículo 1920, que responsabiliza a quien tenga bajo su custodia a un menor.

El Estado también tiene responsabilidad por omisión institucional

Además, Karla Quintero subrayó que el Estado puede tener responsabilidad objetiva cuando no supervisa a las instituciones educativas. Esto lo contemplan los artículos 1927 y 1928 del Código Civil local.

Apuntó que cuando hay omisiones en la vigilancia, la ley impone consecuencias para los entes públicos. En su opinión, los hechos recientes en la alcaldía Cuauhtémoc podrían enmarcarse en este supuesto.

“La autoridad no puede mirar a otro lado cuando hay un menor muerto”, advirtió. Consideró que la tragedia revela una cadena de omisiones que no deben quedar impunes.

La candidata aclaró que la reparación no sólo es monetaria, sino también moral. Y debe contemplar el sufrimiento que provoca una pérdida irreparable en las familias. –sn–