Fachada del SAT

SAT ofrece perdón total de impuestos

Condona multas y recargos; busca fomentar el cumplimiento voluntario. Beneficios para contribuyentes.

Por Gabriela Díaz | Reportera                                                       

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) mantuvo activo el Programa de Regularización Fiscal 2025, el cual permitió a contribuyentes condonar multas, recargos y gastos relacionados con adeudos fiscales. Esta estrategia recibió el mote de “perdón total del SAT” por sus amplios beneficios.

Con este programa, el organismo buscó fomentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes. La intención fue facilitar el pago de adeudos y reducir litigios en el ámbito fiscal.

El programa estuvo enfocado en personas físicas y morales con ingresos de hasta 35 millones de pesos. Las autoridades tributarias estimaron que esta política fortaleció la recaudación sin medidas coercitivas.

Entre los beneficios se incluyó la reducción del 100% en multas, incluso en aquellos casos con agravantes, además de recargos y gastos de ejecución.

Subtítulo: Facilidades para pagos

El programa también contempló la suspensión de procedimientos administrativos de ejecución, sin requerir garantía del interés fiscal. Esta medida permitió al contribuyente regularizar su situación sin presión judicial.

Adicionalmente, se ofreció la posibilidad de cubrir los impuestos hasta en seis parcialidades. Esta opción aplicó siempre que se cumplieran condiciones puntuales.

De acuerdo con el SAT, este estímulo se aplicó a contribuciones propias, retenidas o trasladadas, así como aquellas relacionadas con comercio exterior y cuotas compensatorias.

Los beneficios sólo fueron válidos para adeudos correspondientes a los ejercicios fiscales de 2023 o anteriores.

Subtítulo: Requisitos del programa

El SAT precisó que quienes participaron no debieron haber recibido condonaciones en los programas generalizados de los años 2000, 2007 y 2013.

Tampoco debieron tener sentencia condenatoria firme por delitos fiscales. Además, debieron estar fuera de los listados de los artículos 69-B y 69-B Bis del Código Fiscal de la Federación.

Los contribuyentes que desearon pagar en parcialidades no debieron estar en concurso mercantil ni declarados en quiebra.

Asimismo, los pagos debieron efectuarse puntualmente, conforme a la línea de captura emitida por el SAT.

Subtítulo: Trámite y contacto

Otro requisito indispensable fue que el contribuyente aceptara íntegramente el crédito fiscal. Si existía una impugnación sobre el descuento, este se anulaba automáticamente.

La solicitud de incorporación al programa pudo realizarse en línea a través del portal del SAT, mediante un caso de aclaración.

También existió la opción de acudir a una cita presencial en cualquier oficina del organismo tributario.

Además, se habilitó la Oficina Virtual, disponible desde cualquier lugar con acceso a internet, así como los servicios de MarcaSAT y OrientaSAT.

Subtítulo: Consulta adicional en línea

Las personas interesadas también tuvieron la opción de acceder al servicio de chat uno a uno con personal del SAT.

En caso de que la solicitud fuera procedente, el SAT emitió la línea de captura correspondiente para efectuar el pago.

Este programa fue difundido como parte de una estrategia institucional del gobierno federal para mejorar la cultura tributaria.

Las autoridades insistieron en que el propósito central fue brindar seguridad jurídica y oportunidades de regularización a los contribuyentes.

El programa fue difundido ampliamente a través de la página oficial del SAT y sus canales de comunicación directa. –sn–

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