Presidente aclara alcance de Suprema Corte y modificación de indemnizaciones. Alcance de la SCJN
Por Paola Ramírez | Reportera
La presidente Claudia Sheinbaum Pardo respondió a la prensa sobre la propuesta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para modificar el cálculo de indemnizaciones por muerte, sustituyendo el salario mínimo por Unidades de Medida y Actualización (UMA). Explicó que la SCJN no tiene atribuciones para legislar y que su función principal consiste en resolver asuntos constitucionales o amparos que llegan a esta instancia. Según la mandataria, la Corte únicamente determina si procede o no un amparo o sentencia, sin poder crear nuevas leyes.
Durante su tradicional conferencia de prensa desde Palacio Nacional, Claudia Sheinbaum Pardo agregó que, en caso de que la Corte determine que no procede un recurso, queda firme lo dictaminado por el tribunal que emitió la resolución. Reiteró que la SCJN no puede definir acciones legales por encima de la legislación vigente. La presidente subrayó que las sentencias solo generan jurisprudencia, pero no crean normas nuevas.
Se aclaró que uno de los debates más importantes en la anterior conformación de la Corte fue precisamente el uso del tribunal como órgano legislativo. La presidente afirmó que la competencia de la SCJN está limitada a resolver problemas constitucionales. Recordó que cualquier modificación de ley debe surgir del Congreso de la Unión y no de la Corte.
Proyecto de modificación UMA
El proyecto impulsado por la ministra Lenia Batres Guadarrama buscaba que los pagos por indemnización se determinaran con base en UMA en lugar de salarios mínimos. Sin embargo, el proyecto fue retirado temporalmente para permitir consultas adicionales entre los ministros del pleno. La ministra explicó que la suspensión no respondía a dudas sobre el contenido, sino a la necesidad de atender inquietudes de otros integrantes y de la opinión pública.
La ministra Lenia Batres Guadarrama solicitó el retiro de la contradicción de tesis 59/2025, surgida entre las extintas Primera y Segunda Salas de la Corte. Precisó que el objetivo fue garantizar transparencia y evitar percepciones de favorecimiento económico. La decisión buscó enriquecer el criterio que se tomará, dada la trascendencia de la reparación del daño en casos de muerte.
Se indicó que la medida permitirá realizar consultas complementarias entre los ministros para ajustar el proyecto. La ministra enfatizó que se trató de un proceso técnico y legal, no de una decisión arbitraria. Además, subrayó que la revisión responde al impacto de las indemnizaciones en la ciudadanía y la justicia.
Reacciones y contexto
La propuesta generó atención mediática por el posible efecto en pagos a víctimas y sus familias. Expertos legales comentaron que el uso de UMA en lugar de salario mínimo podría modificar montos de compensación. Sin embargo, la presidente recordó que la SCJN no puede imponer criterios legislativos, únicamente interpretar la Constitución.
Se explicó que la SCJN actúa como órgano judicial y no como legislativo. Todas las modificaciones legales deben ser revisadas por el Congreso de la Unión. La presidente enfatizó que la separación de poderes es fundamental para el equilibrio institucional.
El proyecto original surgió de la necesidad de unificar criterios entre las Salas de la Corte. La contradicción de tesis 59/2025 evidenció diferencias en interpretaciones previas sobre indemnizaciones. El retiro temporal busca consolidar un criterio uniforme y transparente para la aplicación de UMA.
Se detalló que la discusión sobre indemnizaciones refleja el interés por garantizar justicia y equidad. La SCJN actuó de manera preventiva para evitar interpretaciones que pudieran favorecer intereses particulares. La presidente reiteró que la transparencia y la legalidad son principios fundamentales en la aplicación de la ley. –sn–


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