Cama de hospital

SAT aclara reglas para deducir gastos médicos

Sat precisó requisitos de deducciones médicas y recordó límites fiscales.


Por Gabriela Díaz | Reportera                                                       

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que las personas físicas con ingresos por honorarios, sueldos, salarios, arrendamiento o actividad empresarial tuvieron derecho a deducir gastos médicos del ejercicio fiscal. La autoridad fiscal reiteró que estas deducciones correspondieron a erogaciones verificables y pagadas por medios autorizados. El organismo explicó que dichas deducciones disminuyeron la base gravable conforme a lo previsto en la ley.

Las deducciones personales incluyeron honorarios médicos, dentales, psicológicos y nutricionales. También abarcaron gastos hospitalarios, medicinas facturadas por hospitales y servicios de enfermería. Además contemplaron análisis clínicos, prótesis, aparatos de rehabilitación, lentes graduados y primas de seguros de gastos médicos.

El SAT recordó que el contribuyente pudo deducir los gastos propios y los pagados a familiares directos, siempre que estos no recibieran ingresos superiores al salario mínimo anual. La autoridad puntualizó que esta regla aplicó a cónyuge, concubina o concubinario, padres, abuelos, hijos y nietos. Asimismo indicó que las deducciones fueron válidas únicamente con comprobantes fiscales correctos.

Requisitos obligatorios

El organismo precisó que todos los pagos deducibles debieron realizarse mediante cheque nominativo, transferencia electrónica o tarjeta bancaria. También reiteró que los honorarios médicos solo fueron válidos con facturas emitidas por profesionales titulados. La autoridad señaló que estos documentos debieron emitirse dentro del ejercicio correspondiente.

El SAT informó que igualmente fueron deducibles los gastos derivados de incapacidades o discapacidades mayores al 50 por ciento. Para aplicar este beneficio se exigió un certificado o constancia emitida por instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud (SNS). La dependencia subrayó que sin este documento la deducción no procedió.

La autoridad fiscal precisó que el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) debió contener el uso correcto vinculado a honorarios médicos, gastos hospitalarios, discapacidad o primas de seguros. También indicó que la clave de medio de pago tuvo que coincidir con el método utilizado. Además recordó que la información registrada debía estar alineada con los catálogos oficiales.

Comprobación y restricciones

El SAT recomendó revisar todas las facturas médicas antes de presentar la declaración anual. La institución señaló que los contribuyentes pudieron confirmar la validez de documentos y conceptos deducibles mediante las herramientas electrónicas habilitadas. Asimismo indicó que la verificación evitó rechazos posteriores.

La autoridad indicó que no fueron deducibles medicinas adquiridas en farmacias. También aclaró que no se aceptó el total de facturas que incluyeran conceptos no autorizados como copagos, coaseguros o cargos adicionales ajenos al tratamiento médico. Igualmente recordó que gastos sin comprobante fiscal válido fueron descartados.

El SAT puntualizó que tampoco fueron deducibles gastos médicos de mascotas. La autoridad informó que estas erogaciones no formaron parte del esquema de deducciones personales previsto en la ley. Finalmente reiteró que todos los comprobantes debieron corresponder al ejercicio fiscal declarado. –sn–

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