El yogur fue analizado por Profeco para verificar cumplimiento normativo y composición real. Análisis de yogures
Por Gabriela Díaz | Reportera
El yogur fue descrito como un alimento lácteo de consumo frecuente en desayunos por su versatilidad. Su proceso de fermentación redujo la lactosa y facilitó su digestión frente a la leche. Las proteínas se transformaron en compuestos más simples, de acuerdo con información técnica difundida.
La Procuraduría Federal del Consumidor publicó en la Revista del Consumidor un estudio sobre productos denominados yogur. El análisis incluyó 18 presentaciones sólidas o batidas disponibles en el mercado nacional. El objetivo fue promover consumo responsable con base científica y normativa.
La dependencia explicó que el estudio se sustentó en la Norma Oficial Mexicana NOM-181-SCFI/SAGARPA-2018. Esta norma definió los criterios para denominar un producto como yogur. También estableció parámetros fisicoquímicos, microbiológicos e informativos.
Criterios normativos
La NOM-181-SCFI/SAGARPA-2018 señaló que el yogur se obtuvo mediante bacterias lácticas específicas. Estas fueron Streptococcus thermophilus y Lactobacillus delbrueckii subespecie bulgaricus. El contenido mínimo exigido fue de 10 millones de microorganismos vivos por gramo.

La norma indicó que la grasa empleada debió ser butírica, propia de la leche de vaca. La proteína no debió ser inferior a 3.1 por ciento en formulaciones lácteas. En productos con adición no láctea, el mínimo permitido fue de 2.1 por ciento.
Los productos evaluados se clasificaron en varias categorías oficiales. Se identificaron yogures naturales, endulzados, saborizados, con fruta y deslactosados. Una denominación inexistente fue detectada durante el análisis.
Resultados de laboratorio
El Laboratorio Nacional de Protección al Consumidor realizó mil 884 pruebas. La Profeco verificó el cumplimiento de diversas normas oficiales vigentes. Entre ellas figuraron la NOM-002-SCFI-2011 y la NOM-051-SCFI/SSA1-2010.
Las pruebas revisaron información comercial y composición declarada. El objetivo fue confirmar que los datos no resultaran engañosos. También se consideró el Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios.
Tras concluir el análisis, la dependencia identificó incumplimientos específicos. Un yogur con fresa de la marca Flor de Alfalfa no alcanzó el mínimo bacteriano requerido. Por ello no cumplió con la denominación establecida. –sn–


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