México conmemoró 109 años de su Constitución y su legado jurídico.
Por Gabriela Díaz | Reportera
Este jueves se conmemora los 109 años de la promulgación de la Constitución de 1917. La conmemoración alude al documento que sentó las bases del Estado moderno mexicano. El aniversario se ubica en el contexto de su vigencia institucional y su impacto histórico.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos fue promulgada el 5 de febrero de 1917. El acto ocurre en el Teatro de la República, en Querétaro. El proceso fue encabezado por Venustiano Carranza, entonces jefe del Poder Ejecutivo.
El texto constitucional surgió tras los debates del Congreso Constituyente de 1916-1917. Los diputados incorporaron demandas sociales derivadas de la Revolución Mexicana. El documento sustituyó a la Constitución de 1857.
Origen constitucional
La Carta Magna de 1917 incluyó derechos sociales inéditos en su época. El artículo 3 estableció la educación laica y gratuita. El artículo 27 reguló la propiedad de la tierra y los recursos naturales.
El artículo 123 reconoció derechos laborales como la jornada máxima y el salario mínimo. Estas disposiciones influyeron en constituciones posteriores de otros países. La Constitución mexicana fue considerada pionera en materia social.
Desde su promulgación, el texto constitucional fue reformado en múltiples ocasiones. Las modificaciones respondieron a cambios políticos, económicos y sociales. Hasta 2026 acumuló más de 700 reformas constitucionales.
Evolución y reformas
Las reformas constitucionales abarcaron ámbitos como derechos humanos y sistema electoral. En 2011 se incorporó el enfoque de derechos humanos en el artículo 1. Esta reforma amplió la protección jurídica conforme a tratados internacionales.
El sistema político también fue modificado mediante reformas electorales. Se fortalecieron organismos autónomos como el Instituto Nacional Electoral (INE). Estas transformaciones redefinieron la organización del poder público.
La Constitución mantuvo su carácter de norma suprema del país. Su aplicación correspondió a los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) interpretó su alcance jurídico. –sn–


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