manos anciano

Explican funcionamiento del Fondo de Pensiones para el Bienestar

Cuentas inactivas de personas de 70 años y más: ¿Qué pasa con el dinero que no se ha reclamado?

Por Deyanira Vázquez | Reportera                                        

En 2024 surgió el Fondo de Pensiones para el Bienestar, el cual, en mayo de 2025, tuvo un acumulado de  47.4 mil millones de pesos. Una parte de estas aportaciones proviene de los recursos de las Cuentas Individuales inactivas y no reclamadas de trabajadores de 70 años o más (IMSS) o 75 años o más (ISSSTE) que no hayan cotizado en el último año. Por ello, es importante que conozcas qué pasa con estos ingresos.

“El capital del Fondo de Pensiones para el Bienestar que proviene de las Cuentas Individuales inactivas es resguardado hasta que los titulares o beneficiarios de esos recursos solicitan su devolución, ya que, por ley, esos recursos son propiedad del trabajador y no prescriben. Para poder aprovechar estos ingresos es importante revisar el Estado de Cuenta de la Afore”, señaló Gerardo Chavarría, Gerente de Iniciativas de Negocio en Afore SURA.

¿Qué es el Fondo de Pensiones para el Bienestar (FPB)?

Es un fideicomiso público para dar un complemento económico a los trabajadores jubilados cuyo salario haya sido igual o menor a 17,885.85 pesos mexicanos, monto equivalente al salario mensual promedio del IMSS en 2026, a fin de que reciban una pensión igual a su último salario cotizado, siempre y cuando no sea mayor al límite señalado.

“Por ejemplo, si en 2026 el salario promedio de cotización ante el IMSS fuera de 15,000 pesos y el último salario del trabajador se ubica en ese promedio, pero la pensión calculada en la resolución de pensión es de 10,000 pesos, el gobierno otorgaría un complemento por 5,000 pesos para alcanzar el promedio de su último salario. 

“En contraste, si el último salario del trabajador fue de 12,000 pesos y la pensión determinada es de 11,500, el complemento se limitaría a cubrir la diferencia para alcanzar los 12,000 pesos, sin posibilidad de equipararse al promedio de 15,000, ya que el beneficio se determina con base en el último salario del trabajador y no en el promedio general”, explicó Gerardo Chavarría.

Para obtener este beneficio, es indispensable que el trabajador haya comenzado a cotizar en el IMSS a partir del 1 de julio de 1997 o en el ISSSTE bajo el régimen de Cuentas Individuales. Asimismo, debe iniciar su trámite de pensión a los 65 años o más, es decir, exclusivamente bajo la modalidad de Vejez, y que su monto de jubilación sea menor a su último salario cotizado e igual o menor al salario mensual promedio registrado en el IMSS.

Para que las personas candidatas a beneficiarias de este fondo puedan acceder a este complemento, es necesario que acudan a la institución donde cotizaron por última vez.

El FPB administra los recursos que se transfieran de la subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV), así como los de la subcuenta de Vivienda de los trabajadores registrados en el IMSS que tengan 70 años, o 75 si son del ISSSTE, que no cotizaron durante el último año. En el caso del resto de las personas, sus aportaciones continúan en su Afore correspondiente. Las Afores sólo se encargan de transferir estos recursos al Fondo de Pensiones para el Bienestar como lo indica la ley, mientras que la administración y las reglas están a cargo de un Comité Técnico conformado por Banxico y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. –sn–

manos anciano
manos anciano

¡Conéctate con Sociedad Noticias! Suscríbete a nuestro canal de YouTube y activa las notificaciones, o bien, síguenos en las redes sociales: FacebookTwitter e Instagram.

También, te invitamos a que te sumes a nuestro canal de información en tiempo real a través de Telegram.