Pleno de la SCJN

Suprema Corte ordena al Congreso expedir Ley General para personas jóvenes

La SCJN ordenó al Congreso de la Unión expedir la Ley General en Materia de Personas Jóvenes en un plazo máximo de dos periodos ordinarios de sesiones.

Por Martín García | Reportero                                      

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Congreso de la Unión emitir la Ley General en Materia de Personas Jóvenes dentro de un plazo máximo de dos periodos ordinarios de sesiones.

La determinación fue aprobada por unanimidad del Pleno y representa la primera ocasión en que la actual integración del máximo tribunal emite una orden expresa al Poder Legislativo federal para cumplir con la expedición de una ley general prevista en la Constitución.

La resolución busca dar cumplimiento a un mandato constitucional que permanece pendiente.

Proyecto fue aprobado por unanimidad

La ministra Loretta Ortiz Ahlf presentó el proyecto que dio origen a la resolución aprobada por unanimidad de los integrantes de la SCJN.

Durante la discusión, la ministra sostuvo que ordenar al Congreso de la Unión cumplir una obligación constitucional no implica sustituir sus facultades para legislar.

Precisó que el contenido de la futura legislación corresponderá exclusivamente al Poder Legislativo, dentro de sus atribuciones constitucionales.

Legisladores deberán cumplir mandato

Con la resolución, el Congreso de la Unión deberá elaborar, discutir y aprobar la Ley General en Materia de Personas Jóvenes dentro del plazo establecido por la Corte.

La sentencia no define el contenido específico de la legislación, pero obliga a que el proceso legislativo se concrete conforme al mandato constitucional vigente.

El cumplimiento de la resolución será responsabilidad de las cámaras que integran el Poder Legislativo federal.

Precedente para futuras omisiones legislativas

La decisión marca un precedente sobre el alcance de las facultades de la SCJN frente a omisiones del Poder Legislativo relacionadas con obligaciones previstas en la Constitución.

El fallo establece que el máximo tribunal puede ordenar al Congreso de la Unión cumplir con deberes constitucionales cuando éstos permanezcan sin atender.

La resolución abre un nuevo referente para casos en los que existan leyes generales pendientes de expedir por mandato constitucional. –sn–

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