La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que la Auditoría Superior del Estado de Guerrero (ASE) carece de facultades para fiscalizar recursos federales ejercidos por el Ayuntamiento de Acapulco, por lo que anuló las sanciones impuestas a servidores públicos municipales.
Por Martín García | Reportero
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que la Auditoría Superior del Estado de Guerrero (ASE) no tiene atribuciones para fiscalizar recursos federales ejercidos por el Ayuntamiento de Acapulco, por lo que dejó sin efectos los actos de revisión y las sanciones derivadas de ese procedimiento, entre ellas las relacionadas con la alcaldesa con licencia, Abelina López Rodríguez.
La decisión del máximo tribunal se originó tras la controversia por la negativa del gobierno municipal a entregar información sobre el ejercicio de 898.6 millones de pesos de recursos federales correspondientes a la Cuenta Pública 2023. Con esta resolución, la Corte concluyó que la revisión de esos fondos corresponde exclusivamente a la Auditoría Superior de la Federación (ASF).
El fallo implica que las actuaciones realizadas por la ASE para revisar esos recursos carecen de sustento jurídico, aunque la SCJN precisó que ello no impide que las autoridades federales competentes lleven a cabo las auditorías e investigaciones que correspondan.
Corte delimita competencias entre autoridades fiscalizadoras
Por unanimidad, el Pleno de la SCJN estableció que la fiscalización de recursos de origen federal ejercidos por municipios es una facultad exclusiva de la ASF, conforme al marco constitucional vigente.
En consecuencia, invalidó los procedimientos de revisión emprendidos por la Auditoría Superior del Estado de Guerrero y dejó sin efectos las sanciones impuestas a servidores públicos municipales derivadas de esas actuaciones.
La resolución no representa un pronunciamiento sobre el destino o el manejo de los recursos públicos, sino que define cuál es la autoridad legalmente competente para revisar su aplicación.
La ASF podrá realizar las auditorías correspondientes
La Corte aclaró que su determinación no impide que los 898.6 millones de pesos de recursos federales ejercidos por el Ayuntamiento de Acapulco sean auditados o investigados por la ASF u otras autoridades federales con atribuciones legales.
De esta manera, la resolución establece un criterio sobre la distribución de competencias entre los órganos de fiscalización estatales y federales, al precisar que los recursos provenientes de la Federación sólo pueden ser revisados por las instancias federales facultadas para ello.
El fallo también sienta un precedente para casos similares en los que existan controversias sobre qué autoridad puede auditar el ejercicio de recursos federales administrados por gobiernos estatales o municipales. –sn–


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