La Suprema Corte de Justicia de la Nación admitió cuatro recursos de revisión extraordinaria para analizar la sentencia que ordenó crear la Comisión para la Verdad y Justicia del Caso Iguala. El máximo tribunal revisará de manera excepcional un fallo que ya había quedado firme.
Por Martín García | Reportero
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió cuatro recursos de revisión extraordinaria mediante los cuales analizará la sentencia que ordenó la creación de la Comisión para la Verdad y Acceso a la Justicia del Caso Ayotzinapa (Covaj), relacionada con la desaparición de los 43 estudiantes de la Escuela Normal Rural Raúl Isidro Burgos de Ayotzinapa.
Con esta determinación, el máximo tribunal del país revisará de manera excepcional una resolución emitida por un tribunal colegiado que ya había adquirido firmeza, al considerar que existen elementos jurídicos que ameritan analizar nuevamente el caso.
¿Qué revisará la Suprema Corte?
Los recursos de revisión extraordinaria permiten que la SCJN examine, en circunstancias específicas, una sentencia de amparo definitiva cuando una persona que debió participar en el procedimiento judicial no fue debidamente emplazada y esa omisión pudo afectar sus derechos procesales.
Este mecanismo no implica que el fallo quede sin efectos de manera automática, sino que el máximo tribunal determine si existieron violaciones procesales que justifiquen reabrir el análisis del asunto.
La sentencia dio origen a la Covaj
La resolución que ahora será revisada ordenó la creación de la Comisión para la Verdad y Acceso a la Justicia del Caso Ayotzinapa, mecanismo establecido para coordinar las investigaciones sobre la desaparición de los 43 estudiantes ocurrida en septiembre de 2014 en Iguala, Guerrero.
La Covaj fue creada con el objetivo de impulsar nuevas líneas de investigación, coordinar a distintas instituciones y contribuir al esclarecimiento de uno de los casos más relevantes en materia de derechos humanos en México.
Analizarán posibles afectaciones al debido proceso
Con la admisión de los recursos, la SCJN deberá determinar si durante el juicio de amparo existieron personas cuyos derechos pudieron verse afectados al no haber sido llamadas oportunamente al procedimiento.
La resolución que emita la Corte definirá si la sentencia debe mantenerse o si procede algún ajuste derivado de las presuntas irregularidades procesales planteadas en los recursos extraordinarios. –sn–


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