Un tribunal federal negó el amparo promovido por Ramón Sosamontes, exfuncionario de la extinta Sedesol, por lo que permanece vigente su vinculación a proceso por un contrato relacionado con la Estafa Maestra.
Por Martín García | Reportero
El Primer Tribunal Colegiado de Apelación en Materia Penal negó el amparo promovido por Ramón Sosamontes Herreramoro, exjefe de Comunicación Social de la extinta Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol), por lo que permanece vigente su vinculación a proceso por el presunto delito de uso indebido de atribuciones y facultades.
La resolución mantiene firme la decisión judicial que lo vincula con un contrato por más de 353 millones de pesos, suscrito en 2014 entre la entonces Sedesol y Radio y Televisión de Hidalgo, una operación investigada dentro del esquema de desvío de recursos públicos conocido como la Estafa Maestra.
Aunque el tribunal rechazó el amparo, la defensa del exfuncionario presentó un nuevo recurso de revisión, por lo que el proceso judicial continuará en instancias superiores.
Investigación deriva de contrato firmado en 2014
El caso está relacionado con un convenio celebrado durante 2014, mediante el cual Radio y Televisión de Hidalgo recibió recursos públicos por más de 353 millones de pesos.
Las investigaciones sobre ese contrato forman parte de las indagatorias derivadas de la denominada Estafa Maestra, mecanismo mediante el cual diversas dependencias federales celebraron convenios con universidades públicas y entes gubernamentales para la contratación de servicios que posteriormente fueron subcontratados o presuntamente simulados.
Vinculación a proceso continúa vigente
Con la negativa del amparo, la vinculación a proceso dictada contra Ramón Sosamontes permanece firme mientras continúan las etapas del procedimiento penal.
No obstante, el nuevo recurso de revisión interpuesto por la defensa abre la posibilidad de que un órgano jurisdiccional analice nuevamente algunos aspectos de la resolución, por lo que el litigio aún no ha concluido.
Hasta que exista una sentencia definitiva, el exfuncionario mantiene la presunción de inocencia conforme al debido proceso. –sn–


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