Fresa mexicana

México rechaza cuotas de EU a fresa por «dumping»

México rechazó la determinación preliminar de Estados Unidos para aplicar cuotas antidumping de hasta 5.28% a la fresa mexicana de invierno. El gobierno y productores advierten riesgos para miles de agricultores y para otras exportaciones agroalimentarias.

Por Deyanira Vázquez | Reportera                                        

El gobierno federal y el sector agropecuario privado rechazaron la determinación preliminar del Departamento de Comercio de Estados Unidos (DOC, por sus siglas en inglés) que establece márgenes de dumping de entre 3.37% y 5.28% para las exportaciones mexicanas de fresa fresca durante la temporada invernal. El promedio calculado para la mayoría de los exportadores mexicanos es de 4.83%.

La decisión abrió una nueva disputa comercial entre México y Estados Unidos y encendió la preocupación de productores y exportadores, debido a que la medida podría afectar a cerca de 5 mil productores mexicanos, 97% de ellos pequeños o medianos, además de alrededor de 151 mil empleos vinculados con el cultivo. En 2025, México exportó aproximadamente 263 mil toneladas de fresa a Estados Unidos, con un valor cercano a mil millones de dólares.

El caso todavía no representa una resolución definitiva. La determinación del DOC forma parte de una investigación antidumping que continúa en Estados Unidos y deberá avanzar hacia nuevas etapas antes de que se establezcan medidas definitivas. La Comisión de Comercio Internacional de Estados Unidos (USITC, por sus siglas en inglés) tiene previsto emitir una determinación final en una etapa posterior del procedimiento.

México cuestiona el criterio de Estados Unidos

La Secretaría de Economía calificó la determinación preliminar como preocupante y cuestionó la metodología utilizada por el DOC, particularmente por la forma en que incorporó los conceptos de “fresa de invierno” y de un supuesto mercado regional estadounidense.

La controversia no se limita al porcentaje de la cuota. Para México, uno de los puntos de mayor importancia es el criterio utilizado para diferenciar las exportaciones de temporada invernal, debido a que podría establecer una referencia para futuras investigaciones contra otros productos agrícolas perecederos y estacionales.

La propia Comisión de Comercio Internacional estadounidense había determinado previamente que existía una indicación razonable de daño material a la industria estadounidense por las importaciones investigadas, por lo que autorizó que el procedimiento continuara.

¿Qué es el dumping?

El dumping ocurre cuando un producto es exportado a un precio considerado inferior a su “valor normal” conforme a las reglas comerciales aplicables. En una investigación antidumping, las autoridades deben calcular el supuesto margen de dumping y determinar si las importaciones causan daño material a una industria del país importador.

En el caso de la fresa mexicana, el DOC calculó preliminarmente márgenes de entre 3.37% y 5.28%, dependiendo del exportador. La tasa promedio para la mayoría de las empresas fue estimada en 4.83%.

La determinación, por tanto, no equivale todavía a una resolución definitiva sobre la responsabilidad de todos los productores mexicanos, sino a una etapa dentro del procedimiento comercial estadounidense.

Una investigación que comenzó en 2025

El procedimiento se originó el 31 de diciembre de 2025, cuando productores de fresa de Florida presentaron una petición para investigar las importaciones mexicanas de fresa fresca durante la temporada invernal.

La investigación formal comenzó en enero de 2026 y analiza las operaciones realizadas durante el periodo comprendido entre el 1 de noviembre de 2024 y el 31 de marzo de 2025. En febrero, la USITC determinó que existía una indicación razonable de que la industria estadounidense sufría daño material por las importaciones investigadas y permitió que el proceso continuara.

El procedimiento se concentró particularmente en dos grandes exportadores mexicanos, Driscoll’s México y Mainland Farms, cuyos registros fueron sometidos a una revisión detallada de precios, costos y operaciones comerciales.

El punto de conflicto: las fresas de invierno

Uno de los elementos más sensibles de la disputa es la utilización del concepto de “fresa de invierno”.

El gobierno mexicano sostiene que Estados Unidos está aplicando de manera problemática los criterios de estacionalidad y regionalidad para construir la investigación. El Consejo Nacional Agropecuario (CNA) advirtió que esos criterios podrían tener consecuencias que trasciendan al mercado de la fresa.

La preocupación radica en que una metodología basada en características estacionales podría convertirse en un precedente para otros productos mexicanos cuya producción y exportación dependen de determinadas épocas del año. El CNA señaló que esto podría generar efectos para productores, exportadores e inversionistas de ambos países.

Productores mexicanos, entre los más expuestos

La fresa es uno de los productos agroalimentarios mexicanos con fuerte presencia en el mercado estadounidense. El impacto potencial de una cuota antidumping no se limitaría a las grandes empresas exportadoras, debido a que miles de productores participan en las cadenas de cultivo, empaque, transporte y comercialización.

La Secretaría de Economía estima que casi 5 mil productores podrían verse afectados y que cerca de 151 mil personas dependen laboralmente de esta actividad. El 97% de los productores opera en superficies de hasta 10 hectáreas, de acuerdo con la información difundida por la dependencia.

La dimensión laboral convierte el conflicto comercial en un asunto que también puede repercutir en economías regionales dedicadas a la producción agrícola.

¿Qué representa para las exportaciones mexicanas?

En 2025, México exportó alrededor de 263 mil toneladas de fresa hacia Estados Unidos por un valor aproximado de mil millones de dólares, según datos citados por Reuters. El mercado estadounidense concentra una parte fundamental de las exportaciones mexicanas de este producto.

Por ello, cualquier cuota que incremente el costo de entrada al mercado estadounidense puede modificar los márgenes de productores y comercializadores, afectar decisiones de siembra y contratación y trasladar parte del costo a las cadenas de distribución.

El sector mexicano también advierte que el precedente podría ser más relevante que el porcentaje de la cuota, debido a que la aplicación de criterios similares a otros productos perecederos podría incrementar la incertidumbre para las exportaciones agroalimentarias.

El conflicto también involucra al T-MEC

El gobierno federal y los productores mexicanos cuestionan que la metodología empleada por Estados Unidos sea compatible con las obligaciones comerciales internacionales.

El Consejo Nacional Agropecuario ha señalado que la determinación podría entrar en conflicto con compromisos establecidos en el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) y que el caso puede generar un precedente para otros productos. México también ha planteado que la metodología estadounidense debe analizarse a la luz del Acuerdo Antidumping de la Organización Mundial del Comercio (OMC).

La disputa se desarrolla, además, en un contexto de negociaciones comerciales entre los tres países de América del Norte, lo que eleva la relevancia política y económica del procedimiento.

La cuota todavía no es definitiva

Uno de los puntos que deben tener presentes productores y consumidores es que la determinación publicada por el DOC es preliminar.

El procedimiento continúa y todavía pueden presentarse argumentos, información técnica y recursos dentro de las distintas etapas de la investigación. La conclusión definitiva dependerá de las determinaciones que adopten las autoridades estadounidenses responsables del proceso.

Reuters reportó que una decisión final de la USITC está prevista para principios de 2027.

Por ahora, la medida preliminar establece márgenes de 3.37% a 5.28%, pero el resultado definitivo podría modificar esos porcentajes o incluso determinar que no procedan las medidas propuestas, dependiendo de las conclusiones finales de la investigación. –sn–

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