Organizaciones internacionales piden al Consejo de Derechos Humanos de la ONU actuar si Estados Unidos vuelve a faltar al Examen Periódico Universal del 10 de noviembre de 2026.
Por José Víctor Rodríguez | Reportero
El Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) deberá adoptar medidas si Estados Unidos vuelve a ausentarse del examen internacional sobre su situación de derechos humanos, programado para el próximo 10 de noviembre de 2026, advirtieron organizaciones defensoras de las garantías fundamentales.
La petición busca que el organismo solicite al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos un informe sobre las condiciones que prevalecen en territorio estadounidense, mediante un diálogo interactivo que permita la participación de organizaciones civiles, víctimas y comunidades afectadas.
El planteamiento también involucra a Nicaragua, cuyo examen fue aplazado nuevamente debido a la interrupción de su cooperación con el mecanismo internacional. Ambos casos representan un desafío para la universalidad del sistema de supervisión de derechos humanos de la ONU.
Estados Unidos, ante nuevo examen
El Examen Periódico Universal (EPU) constituye un mecanismo del Consejo de Derechos Humanos que permite revisar el historial de derechos humanos de los 193 Estados miembros de Naciones Unidas, bajo el principio de igualdad de trato.
Durante el cuarto ciclo de evaluaciones, Estados Unidos interrumpió su cooperación y no acudió al Grupo de Trabajo EPU50, celebrado en noviembre de 2025, donde debía presentar su informe nacional y recibir recomendaciones de otros países.
Ante su ausencia, el Consejo de Derechos Humanos determinó reprogramar la evaluación para el 10 de noviembre de 2026, durante el EPU53, que se desarrolla del 2 al 13 de noviembre en Ginebra, Suiza.
Hasta el 29 de octubre, organizaciones defensoras de derechos humanos señalaron que Washington no había comunicado su disposición para participar en la nueva fecha.
La eventual ausencia colocaría nuevamente al organismo internacional ante la necesidad de definir medidas frente a la falta de cooperación de uno de sus Estados examinados.
Nicaragua también incumple cooperación
El caso nicaragüense presenta una situación distinta, debido a que el país inicialmente participó en el diálogo interactivo del EPU47, presentó su informe nacional y recibió recomendaciones de Estados de distintas regiones.
Sin embargo, posteriormente interrumpió su cooperación y no participó en la adopción de su informe final, lo que ocasionó sucesivos aplazamientos del procedimiento.
El 7 de octubre de 2026, durante la conclusión de su 63 periodo de sesiones, el Consejo de Derechos Humanos adoptó sin votación la decisión A/HRC/DEC/63/116, mediante la cual pidió a Nicaragua reanudar su cooperación y encargó a la Presidencia del organismo continuar las gestiones correspondientes.
La resolución también aplazó la consideración y adopción del documento final de Nicaragua hasta el 65 periodo de sesiones del Consejo, con la posibilidad de adelantarlo si las condiciones lo permiten.
Exigen preservar la universalidad
Las organizaciones firmantes advirtieron que la falta de participación de los Estados amenaza los principios fundamentales del Examen Periódico Universal, particularmente la universalidad y la igualdad de trato.
El mecanismo permite documentar las condiciones de derechos humanos mediante información proporcionada por los gobiernos, organizaciones de la sociedad civil, instituciones nacionales de derechos humanos, organismos de Naciones Unidas y mecanismos internacionales de vigilancia.
Además, facilita el intercambio de recomendaciones entre países, promueve la transparencia y establece oportunidades para evaluar los compromisos asumidos por cada Estado.
La Resolución 60/251 de la Asamblea General de Naciones Unidas establece que el examen debe garantizar la cobertura universal y la igualdad de trato para todos los Estados.
Por su parte, la Resolución 5/1 del Consejo de Derechos Humanos contempla que, después de agotar los esfuerzos para alentar la cooperación de un Estado, el organismo deberá abordar, según corresponda, los casos de falta de cooperación persistente. –sn–


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