Tribunal federal resolvió a favor de la demandante, quien reclamó la devolución de descuentos injustificados
Por Martín García | Reportero
Un tribunal laboral federal ordenó a la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) el pago de una gratificación por jubilación completa y la devolución de retenciones injustificadas a una extrabajadora que finalizó su relación laboral con la institución. La sentencia establece un precedente en casos de jubilación y descuentos no autorizados.
La excolaboradora de la “máxima casa de estudios” demandó a la UNAM por no pagar la totalidad de la gratificación que, según sus alegatos, debía corresponderle tras su retiro. También exigió la devolución de una serie de descuentos que fueron aplicados al momento de su jubilación.
En su argumento, la demandante sostuvo que, para calcular la gratificación, la UNAM aplicó un salario inferior al que ella percibía quincenalmente. Esta discrepancia le permitió presentar su caso y reclamar la diferencia ante las autoridades laborales.
Demanda ante el tribunal laboral
La exempleada también incluyó en su demanda el reclamo de devolución de ciertos descuentos, los cuales la institución aplicó a su nómina. Entre estos conceptos figuraban retenciones por préstamos que, según el fallo, no contaban con justificación legal.
El proceso se trasladó al Decimoséptimo Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales de la Ciudad de México, donde el juez Antonio Ordóñez Serna revisó el caso como parte del expediente 4/2023. Tras analizar los argumentos, el juez emitió una sentencia favorable para la extrabajadora.
Descuentos ilegales en jubilación
El tribunal determinó que la UNAM no presentó una justificación legal para los descuentos aplicados, los cuales resultaron violatorios del artículo 110 de la Ley Federal del Trabajo. Este artículo establece limitaciones a las retenciones salariales, las cuales deben contar con justificación.
En su sentencia, el juez Ordóñez Serna concluyó que la gratificación por jubilación para empleados administrativos de la UNAM debe calcularse con base en el salario integrado. Esta disposición se fundamenta en una jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Fallo en beneficio de la demandante
El juez rechazó los alegatos de la UNAM sobre falta de acción y derecho por parte de la extrabajadora, al igual que los argumentos de inexistencia de adeudo. La sentencia representó un golpe a la defensa legal de la universidad, que intentó frenar el proceso.
La resolución del Decimoséptimo Tribunal Laboral Federal acreditó el derecho de la demandante a recibir el monto correcto de su gratificación. Además, el tribunal validó la devolución de las cantidades retenidas sin justificación.
Gratificación calculada con base en salario integrado
El fallo detalla que el cálculo de la gratificación por jubilación debe basarse en el salario integrado, un aspecto en el que la UNAM no cumplió. Esto implica considerar el salario en su totalidad, y no en el monto inferior aplicado en este caso.
La jurisprudencia de la SCJN sobre este tema resulta clave, ya que obliga a instituciones públicas y privadas a cumplir con criterios específicos para el cálculo de gratificaciones. La decisión del juez Ordóñez Serna reafirma esta disposición. –sn–

