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Profeco recuerda los derechos de pasajeros que viajan en avión este verano

Profeco informó cuáles son los derechos de los pasajeros que viajan en avión durante las vacaciones de verano, incluyendo compensaciones por retrasos, cancelaciones, sobreventa y equipaje permitido.

Por Gabriela Díaz | Reportera                                           

Las personas que viajen en avión durante las vacaciones de verano cuentan con derechos que las aerolíneas deben respetar en caso de retrasos, cancelaciones, sobreventa de vuelos o problemas relacionados con el servicio, recordó la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).

La dependencia informó que la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) y la Ley de Aviación Civil obligan a las compañías aéreas a proporcionar información clara, veraz y comprobable sobre las condiciones del servicio, las tarifas, impuestos, comisiones y cualquier cargo adicional incluido en el precio del boleto.

Asimismo, las aerolíneas deben informar sus términos y condiciones en sus sitios web, mostradores, salas de espera, centros de reservación y otros medios disponibles para los usuarios. Además, no pueden obligar a contratar servicios adicionales como seguros, renta de vehículos, asistencias o donaciones para concretar la compra de un boleto.

Compensaciones por retrasos y cancelaciones

Cuando un vuelo presenta un retraso atribuible a la aerolínea de más de una hora y menor a cuatro horas, los pasajeros tienen derecho a recibir alimentos o bebidas, así como descuentos para futuros vuelos con el mismo destino.

Si la demora supera las dos horas, el descuento ofrecido no puede ser inferior al 7.5 por ciento del costo del boleto.

En caso de que el retraso sea mayor a cuatro horas, el vuelo sea cancelado o exista sobreventa, las personas afectadas pueden elegir entre el reembolso total o de la parte no utilizada del viaje, acompañado de una indemnización mínima equivalente al 25 por ciento del precio pagado.

Otra alternativa consiste en abordar el siguiente vuelo disponible hacia el mismo destino, además de recibir alimentos, hospedaje cuando sea necesario y transporte terrestre desde y hacia la terminal aérea. También es posible optar por viajar en una fecha posterior con una indemnización no menor al 25 por ciento del valor del boleto o de la parte no realizada del trayecto.

Equipaje permitido sin costo

La Profeco recordó que la legislación vigente establece que los pasajeros pueden documentar sin costo entre 15 y 25 kilogramos de equipaje, dependiendo de la capacidad de la aeronave, o transportar dos piezas de equipaje de mano con un peso conjunto máximo de 10 kilogramos.

Las dimensiones del equipaje de mano no deben exceder 55 centímetros de largo, 40 centímetros de ancho y 25 centímetros de alto. Cuando se rebase la capacidad disponible de la aeronave o los límites establecidos, la aerolínea puede cobrar un cargo adicional.

Pago de indemnizaciones

Las compensaciones económicas derivadas de retrasos, cancelaciones o cualquier incumplimiento deberán pagarse en un plazo máximo de diez días naturales posteriores a la reclamación presentada por el pasajero.

En contraste, los apoyos relacionados con alimentos, bebidas, hospedaje y transporte terrestre deben otorgarse de manera inmediata cuando ocurra la afectación.

Profeco instala módulos en aeropuertos

Como parte del operativo vacacional de verano, la Profeco informó que mantiene módulos de atención en diversos aeropuertos del país para brindar asesoría, orientación y servicios de conciliación a los consumidores que enfrenten alguna controversia con las aerolíneas.

La dependencia recomendó a los pasajeros conocer sus derechos antes de viajar y, en caso de incumplimiento por parte de una empresa de transporte aéreo, presentar la reclamación correspondiente para exigir las compensaciones previstas en la legislación vigente. –sn–

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