Una iniciativa en la Cámara de Diputados propone obligar a las casas de empeño a comprobar que quien entrega un bien en garantía acredita su propiedad o legítima posesión, con el propósito de dificultar la comercialización de objetos robados.
Por Gabriela Díaz | Reportera
Las casas de empeño tendrían la obligación de comprobar que las personas que entreguen un bien en garantía acrediten su propiedad, legítima posesión o el derecho para disponer de él, si prospera una iniciativa presentada por la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, de Movimiento Regeneración Nacional (MC), con el propósito de cerrar espacios a la comercialización de objetos de posible procedencia ilícita.
La propuesta plantea reformar el artículo 65 Bis 5 de la Ley Federal de Protección al Consumidor para establecer un deber expreso de verificación documental previo a cualquier operación de mutuo con interés y garantía prendaria, una obligación que actualmente no está prevista de manera específica en ese ordenamiento. La legislación vigente regula aspectos operativos y de transparencia de las casas de empeño, pero no exige acreditar la propiedad de los bienes antes de recibirlos en prenda.
De aprobarse, los establecimientos deberán recabar y conservar documentos suficientes para demostrar que quien empeña un artículo es su propietario o cuenta con el derecho para disponer de él. Entre esos elementos podrán incluirse facturas, comprobantes de compra, contratos, constancias de adjudicación u otros documentos idóneos.
Declaración bajo protesta de decir verdad
La iniciativa prevé que, cuando el pignorante no cuente con documentos que acrediten la propiedad, pueda suscribir una declaración bajo protesta de decir verdad en la que manifieste ser propietario, legítimo poseedor o contar con facultades para disponer del bien, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que pudieran derivarse en caso de falsedad.
La legisladora argumenta que la ausencia de una obligación legal para verificar la procedencia de los bienes representa un área de oportunidad en la regulación del sector, pues dificulta la trazabilidad de los artículos que ingresan a las casas de empeño y puede facilitar la incorporación de objetos obtenidos mediante delitos patrimoniales al mercado secundario.
Precisó que la propuesta no busca convertir a estos establecimientos en autoridades investigadoras ni trasladarles funciones de persecución del delito, sino establecer un deber mínimo de diligencia que otorgue mayor certeza jurídica a las operaciones y fortalezca la protección del patrimonio de los consumidores.
Robos de celulares, entre los principales argumentos
Como sustento de la iniciativa, Ivonne Ortega cita datos de la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (Envipe) 2024, elaborada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), según los cuales durante 2023 se registraron aproximadamente 6.1 millones de robos o asaltos en la vía pública y el transporte público, lo que equivale a una tasa de 6 mil 526 casos por cada 100 mil habitantes.
La encuesta también refiere que en 57 por ciento de esos delitos fueron sustraídos teléfonos celulares, mientras que en 63.5 por ciento los delincuentes se apoderaron además de dinero en efectivo, tarjetas bancarias o cheques, lo que evidencia que una parte importante de los objetos robados corresponde a bienes de fácil comercialización en mercados secundarios.
La diputada sostuvo que fortalecer los mecanismos preventivos en las casas de empeño contribuiría a dificultar la circulación de bienes de posible origen ilícito, sin afectar la naturaleza de estos establecimientos ni imponerles funciones propias de las autoridades de procuración de justicia.
Turnan iniciativa a comisión
La propuesta fue turnada a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad de la Cámara de Diputados, donde iniciará su análisis y discusión legislativa antes de que pueda ser sometida a votación del pleno.
Actualmente, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) mantiene un Registro Público de Casas de Empeño y establece diversas obligaciones para estos establecimientos, entre ellas su inscripción obligatoria, el registro de contratos de adhesión y el cumplimiento de normas oficiales aplicables al sector. –sn–


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