Bandera de la ONU

ONU advierte discriminación contra personas trans en Reino Unido

Expertos de la ONU alertan que el nuevo código británico sobre servicios puede aumentar la discriminación y exclusión de personas trans y de género diverso.

Por José Víctor Rodríguez | Reportero                                                        

Expertos de derechos humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) advirtieron que el nuevo Código de Práctica para Servicios, Funciones Públicas y Asociaciones del Reino Unido puede aumentar el riesgo de discriminación y exclusión contra personas trans y de género diverso.

El documento entró en vigor el 5 de agosto y establece criterios para la aplicación de la legislación británica sobre igualdad en servicios, funciones públicas y asociaciones. La Comisión de Igualdad y Derechos Humanos (EHRC) sostiene que el código busca ofrecer orientación práctica a proveedores para cumplir con la Ley de Igualdad de 2010.

Los expertos de la ONU cuestionaron que el nuevo marco adopte un enfoque rígido frente a los servicios inclusivos para personas trans, pues, a su juicio, deja poco margen para que los proveedores determinen si una alternativa inclusiva resulta legal, justificada y adecuada según las circunstancias de cada caso.

Riesgo de exclusión

De acuerdo con los expertos, el código considera que un servicio dirigido a mujeres cisgénero y mujeres trans es un servicio mixto y establece que éste debe permanecer abierto a todos los usuarios.

En la práctica, señalaron, esa interpretación puede llevar a que determinados servicios para mujeres excluyan a mujeres trans o permitan también el acceso de hombres. Como alternativa, las personas trans podrían quedar sujetas a servicios correspondientes al sexo registrado al nacer o a instalaciones separadas, cuando éstas existan.

Los expertos advirtieron que convertir la exclusión en la vía principal para cumplir con las reglas puede trasladar el problema desde la valoración individual de cada caso hacia prácticas institucionales con posibles efectos discriminatorios.

La EHRC explicó que el código actualizado incorpora cambios derivados de la legislación y de la evolución de la jurisprudencia, incluida la sentencia de la Suprema Corte británica de abril de 2025 sobre el significado de “sexo” en la Ley de Igualdad de 2010.

Revelación de identidad

Los especialistas también expresaron preocupación por las consecuencias que puede tener la aplicación de estas reglas cuando los proveedores soliciten información sobre el sexo de una persona.

Según su advertencia, las personas trans podrían verse obligadas a revelar su identidad de género para acceder a determinados servicios, con posibles riesgos de acoso o exposición involuntaria de información personal.

Al mismo tiempo, señalaron que las mujeres en general podrían quedar sometidas a mayores controles basados en estereotipos de género, preguntas invasivas o solicitudes de información personal para determinar quién puede acceder a determinados espacios.

La propia EHRC reconoce que puede haber circunstancias legítimas para que un proveedor solicite información sobre el sexo de una persona, pero establece que esas situaciones deben manejarse con sensibilidad, respeto a la privacidad y conforme a las normas de protección de datos.

Igualdad y proporcionalidad

Los expertos de la ONU recordaron que las leyes nacionales y las decisiones judiciales deben aplicarse de manera compatible con las obligaciones internacionales de derechos humanos.

En particular, pidieron que cualquier restricción a servicios inclusivos responda a un objetivo legítimo y cumpla con los principios de necesidad y proporcionalidad, además de contar con salvaguardas para proteger la privacidad y la dignidad.

También recordaron una declaración conjunta emitida el 26 de febrero de 2026, en la que ya habían expresado preocupación por algunos elementos del proyecto de código y su compatibilidad con las obligaciones internacionales del Reino Unido.

El pronunciamiento reconoce, al mismo tiempo, la necesidad de proteger los derechos de mujeres y menores, incluida su seguridad, privacidad y protección frente a la violencia. Sin embargo, sostiene que esas medidas deben considerar los derechos de todas las personas y evitar discriminaciones.

Reino Unido deberá evaluar impacto

Los expertos solicitaron al gobierno británico y a la Comisión de Igualdad y Derechos Humanos (EHRC) que vigilen los efectos concretos del nuevo código y revisen aquellas disposiciones que puedan producir discriminación.

El debate ocurre después de que el gobierno británico incorporó al nuevo código las consecuencias de la sentencia de la Suprema Corte en el caso For Women Scotland, que determinó que los términos “sexo”, “hombre” y “mujer” en la Ley de Igualdad deben entenderse con referencia al sexo biológico.

La secretaria de Estado para Mujeres e Igualdad, Bridget Phillipson, había señalado ante el Parlamento que la ley constituye la obligación jurídica principal y que el código tiene como propósito proporcionar orientación práctica a los proveedores de servicios. También sostuvo que las personas trans deben contar con acceso a servicios adecuados y que nadie debe quedar sin atención por su identidad.

La controversia, por tanto, se concentra en cómo aplicar la legislación británica después de la sentencia judicial sin convertir las medidas destinadas a proteger servicios diferenciados en mecanismos que, según los expertos de la ONU, produzcan exclusión sistemática.

Los especialistas insistieron en que la protección de mujeres y menores y la protección de las personas trans, de género diverso e intersexuales no deben entenderse como derechos incompatibles, sino como obligaciones que pueden coexistir bajo criterios de igualdad, necesidad, proporcionalidad, privacidad y dignidad. –sn–

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