Luisa María Alcalde

Derechos de las audiencias, HRW advierte riesgo para la libertad de expresión por multas a medios

Human Rights Watch pidió corregir los lineamientos sobre derechos de las audiencias en México y advirtió que las facultades sancionadoras de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones pueden afectar la libertad de expresión.

Por Martín García | Reportero                                      

Human Rights Watch (HRW) pidió este martes al gobierno federal revisar los nuevos lineamientos sobre derechos de las audiencias y advirtió que las facultades otorgadas a la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) podrían representar un riesgo para la libertad de expresión y los medios independientes.

La organización señaló que el proyecto permitiría a la CRT imponer sanciones a concesionarios de radio y televisión por difundir información considerada “falsa”, “descontextualizada” o “desactualizada”. Entre las medidas previstas se encuentra la posibilidad de imponer multas de hasta 1 por ciento de los ingresos acumulables anuales del medio, de acuerdo con el análisis de HRW.

El planteamiento ocurre después de que la CRT abrió una consulta pública sobre los Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias, cuyo periodo de participación concluyó el 21 de agosto. El proyecto establece mecanismos para que radioescuchas y televidentes presenten quejas y puedan recurrir determinadas decisiones de los defensores de las audiencias.

HRW cuestiona que el gobierno determine qué información es correcta

Jorge Peniche, investigador senior de HRW para México, señaló que la veracidad constituye un elemento fundamental del periodismo responsable, pero sostuvo que corresponde a los medios y a sus mecanismos profesionales de autorregulación asumir esa responsabilidad, no a una autoridad gubernamental determinar si una cobertura periodística cumple con esos criterios.

“Human Rights Watch” advirtió que las disposiciones podrían generar un efecto intimidatorio sobre los medios, incluso si esa no fuera la finalidad de las autoridades, debido a la posibilidad de que una cobertura considerada inexacta termine en un procedimiento administrativo y una sanción económica.

La organización también citó los estándares internacionales de libertad de expresión y señaló que los Estados no deberían imponer condiciones previas relacionadas con la veracidad, oportunidad o imparcialidad de la información periodística.

¿Qué establecen los lineamientos sobre derechos de las audiencias?

La propuesta de la CRT contempla que las audiencias tengan derecho a recibir información veraz y oportuna, distinguir entre información noticiosa y opinión, identificar la publicidad y ejercer mecanismos de réplica o reclamación.

Los lineamientos también obligarían a los concesionarios de radio y televisión a contar con códigos de ética y defensores de las audiencias. La CRT tendría participación cuando una persona no esté conforme con la determinación de un defensor o cuando un medio no atienda una recomendación.

El gobierno federal ha defendido la propuesta bajo el argumento de que busca establecer mecanismos para garantizar los derechos de quienes reciben contenidos de radio y televisión. La Presidencia de la República informó el 28 de julio que los lineamientos contemplan obligaciones para evitar la difusión de información falsa, descontextualizada o presentada fuera de su temporalidad.

La CRT afirma que no regulará a la prensa escrita ni a plataformas digitales

Ante las críticas, la propia Comisión Reguladora de Telecomunicaciones señaló el 10 de agosto que los lineamientos sometidos a consulta pública están dirigidos exclusivamente a las audiencias de radio y televisión.

La CRT precisó que las disposiciones no son aplicables a la prensa escrita ni a las plataformas digitales y sostuvo que el proyecto no constituye un mecanismo de censura ni limita el derecho de las personas a expresar y difundir ideas.

La precisión es relevante porque delimita el alcance del proyecto: el debate actual se concentra en las obligaciones aplicables a los concesionarios de radiodifusión y en las facultades que tendría el órgano regulador para intervenir ante inconformidades de las audiencias. –sn–

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