PRI plantea corregir reforma al artículo 127 para proteger pensiones de jubilados de Pemex y CFE

El PRI anunció propuestas para evitar la aplicación retroactiva de la reforma al artículo 127 y proteger los derechos adquiridos de jubilados de Pemex y CFE.

Por Gabriela Díaz | Reportera                                           

El grupo parlamentario del PRI en la Cámara de Diputados anunció que impulsará modificaciones a la aplicación de la reforma al artículo 127 constitucional para evitar afectaciones retroactivas a las pensiones de jubilados de Petróleos Mexicanos (Pemex) y la Comisión Federal de Electricidad (CFE).

La postura fue planteada durante la Quinta Plenaria del PRI, donde representantes de pensionados del sector energético expusieron ante los legisladores su preocupación por los efectos que la reforma puede tener sobre jubilaciones otorgadas conforme a disposiciones legales y contractuales vigentes al momento del retiro.

El coordinador parlamentario del PRI, Rubén Moreira Valdez, señaló que su bancada trabajará en propuestas tanto en el Congreso de la Unión como en legislaturas estatales para atender la situación de los jubilados y buscar reglas que otorguen certeza jurídica.

Jubilados piden evitar aplicación retroactiva

Los representantes de los extrabajadores, encabezados por Verónica Navarro, Mario Cubría Platas, de CFE, y Jesús García Torres, de Pemex, solicitaron que la reforma al artículo 127 no afecte de manera retroactiva las jubilaciones legalmente constituidas.

Entre sus planteamientos pidieron establecer parámetros uniformes y no regresivos, además de garantizar los recursos necesarios para que las obligaciones pensionarias puedan cumplirse.

La reforma constitucional fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 10 de abril de 2026. El nuevo artículo 127 establece que determinadas jubilaciones y pensiones del personal de confianza de entidades públicas no pueden superar la mitad de la remuneración correspondiente a la persona titular del Ejecutivo Federal.

El segundo artículo transitorio dispone, además, que las jubilaciones o pensiones otorgadas antes de la entrada en vigor del decreto que no estén excluidas deberán ajustarse al límite constitucional, incluso cuando se encuentren vigentes.

PRI plantea precisar el segundo transitorio

Los pensionados plantearon que el segundo artículo transitorio se refiera exclusivamente a jubilaciones otorgadas al margen de instrumentos jurídicos que contemplen planes de retiro.

Su argumento es que la medida debe permitir al Estado revisar y sancionar pensiones concedidas irregularmente, pero sin afectar a trabajadores que cumplieron entre 25 y 40 años de servicio bajo condiciones laborales legalmente establecidas.

“No pedimos derogar el transitorio, pedimos precisarlo”, plantearon los representantes de los jubilados.

La discusión se mantiene después de que la reforma aprobada por el Congreso generó reclamos de trabajadores retirados de empresas públicas, entre ellos Pemex y CFE, quienes han sostenido que la aplicación del nuevo límite puede afectar derechos pensionarios previamente adquiridos.

Buscan separar pensiones legales de casos irregulares

Los representantes de los extrabajadores señalaron que su propuesta no pretende impedir la revisión de pensiones concedidas fuera de la ley o de instrumentos laborales legítimos.

Por el contrario, manifestaron estar de acuerdo con que las autoridades revisen de manera individualizada los casos que puedan constituir abusos o irregularidades. El planteamiento consiste en diferenciar esas pensiones de aquellas construidas durante décadas de servicio conforme a contratos y disposiciones laborales.

El PRI ya ha impulsado modificaciones relacionadas con el artículo 127. En julio, Rubén Moreira Valdez y el diputado Noel Chávez Velázquez presentaron una iniciativa para corregir inconsistencias de la reforma y establecer mayor certeza jurídica para jubilados y pensionados de entidades públicas.

La controversia se concentra, entre otros aspectos, en la relación entre el nuevo límite constitucional y los derechos pensionarios establecidos previamente mediante leyes, contratos colectivos y condiciones generales de trabajo. –sn–

Sociedad Noticias

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