México cuenta con registros forenses, genéticos y de personas desaparecidas para identificar cuerpos y restos humanos, pero el reto sigue siendo integrar, cotejar y actualizar la información de manera permanente.
Por Deyanira Vázquez | Reportera
Encontrar un cuerpo sin identificar no significa necesariamente cerrar el caso de una persona desaparecida. En México, la identificación depende de que los datos obtenidos de los restos puedan ser cotejados con información de personas buscadas, registros administrativos y perfiles genéticos de familiares.
El problema no radica únicamente en la ausencia de información. En distintos registros existen datos que pueden ayudar a establecer una identidad, pero su utilidad depende de que estén completos, sean confiables, puedan consultarse y se confronten de manera sistemática.
La legislación mexicana establece mecanismos específicos para realizar esos cruces. El Banco Nacional de Datos Forenses debe concentrar información relevante para la búsqueda e identificación, incluidos registros genéticos, y mantener interconexiones con otras bases de datos.
El desafío está en cruzar la información
La Comisión Nacional de Búsqueda de Personas (CNB) explica que la identificación humana requiere cotejar información ante mortem —recabada de personas desaparecidas— con datos post mortem obtenidos de cuerpos y restos humanos.
Ese procedimiento puede incorporar información médica, antropológica, odontológica, dactilar y genética. Cuando una identificación visual o mediante huellas no es posible, los perfiles genéticos de familiares pueden ser confrontados con muestras obtenidas de personas fallecidas sin identificar.
La búsqueda tampoco depende de una sola base. La normativa contempla la interconexión del Banco Nacional de Datos Forenses con el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas, así como con el Registro Nacional de Personas Fallecidas No Identificadas y No Reclamadas y otros sistemas que contengan información útil.
El Protocolo Homologado para la Búsqueda de Personas Desaparecidas y No Localizadas, actualizado en diciembre de 2025, establece que cuando se localizan cuerpos o restos deben realizarse los procesos forenses que permita su estado y cargar la información correspondiente en los registros nacionales.
Miles de registros muestran la dimensión del problema
La propia autoridad federal reconoció en marzo de 2026 que existían 130 mil 178 registros de personas que continuaban con estatus de desaparecidas. De ellos, 46 mil 742 no contaban con información completa; 40 mil 308 tenían datos suficientes pero presentaban registros de actividad posterior a la desaparición, y 43 mil 128 contaban con información completa sin coincidencias encontradas hasta entonces.
Estos datos muestran por qué una desaparición y un cuerpo sin identificar no pueden analizarse como fenómenos separados. Una persona buscada genera información antes de desaparecer; un cuerpo genera información después de ser localizado. La identificación ocurre cuando ambas partes pueden encontrarse mediante un cotejo confiable. –sn–


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