Los bancos ya no pueden negarse de entrada a devolver el importe de una operación fraudulenta escudándose en que el cliente fue gravemente negligente
Por Deyanira Vázquez | Reportera
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea lo ha declarado hoy en el asunto C-70/25: el reembolso es obligatorio a más tardar al final del día hábil siguiente a la notificación del fraude. Solo después, y si prueba esa negligencia, la entidad podrá reclamar el dinero al cliente.
Una clienta de un banco polaco recibió de un falso comprador de una plataforma de venta un enlace que imitaba la web de su banco. Introdujo sus claves y el defraudador las usó para ordenar un pago desde su cuenta.
Al día siguiente lo comunicó al banco, que rechazó devolver el dinero por considerar que ella había sido gravemente negligente al facilitar sus credenciales. –sn–

