Defensa de Rodolfo “El Wero Bisnero” cuestiona investigación en Tlalnepantla

El proceso continuará conforme a las etapas previstas por el sistema de justicia penal mexiquense.

Por Mireya Estrada | Corresponsal                                                

En la audiencia intermedia celebrada hoy en el Juzgado de Control de Tlalnepantla, en San Pedro Barrientos, estado de México, la defensa de Rodolfo “N” —conocido mediáticamente como El Wero Bisnero— argumentó con absoluta claridad que su cliente es inocente del homicidio que se le imputa dentro de la causa penal 2641/2025.

Esta afirmación se sustenta en hechos probados y datos objetivos que contradicen la narrativa pública, de corte acusatorio, que se ha expuesto durante meses, señaló el abogado Rodolfo Pérez Vázquez.

En el punto central de su exposición, el abogado señaló de manera contundente que demuestran la inocencia de Rodolfo “N”. 

A esa anomalía se suman otros elementos graves que deben ponderarse:

  • No se ha localizado el arma homicida.
  • No se han presentado rastros físicos atribuibles a Rodolfo en el departamento donde se cometió el delito.
  • Ingresaron al domicilio de la esposa del imputado sin autorización de quien lo habitaba, ni autorización judicial.
  • Al ingresar, invadieron su privacidad, pues la vieron en paños menores.
  • Tomaron fotografías a uno de sus hijos, de tres años de edad.
  • Su esposa y sus hijos fueron retenidos desde las 3:00 a.m. durante más de cuatro horas a las afueras del fraccionamiento donde ocurrieron los hechos.
  • Después de que policías y personal de la Fiscalía los sacaron del lugar, ingresaron al departamento de El Wero Bisnero sin autorización.
  • Coaccionaron a la esposa para que declarara, bajo la amenaza de incriminarla falsamente si no cooperaba en los términos pretendidos por la Fiscalía.
  • No existen pruebas que evidencien su participación en el hecho ni un móvil claro.

Y, sobre todo, quedaron líneas relevantes de investigación sin agotarse plenamente.

Hay un patrón procesal que no puede ignorarse

De las audiencias públicas y constancias revisadas se desprende un patrón procesal que no puede ignorarse:

  • Al menos 10 omisiones o respuestas incompletas atribuibles a la Fiscalía.
  • Al menos 8 actos relevantes de investigación no agotados o parcialmente agotados.
  • 6 momentos procesales críticos con posible afectación al derecho de defensa.
  • Al menos 5 líneas sustantivas no suficientemente exploradas o incluso inexploradas.
  • 3 decisiones que consolidaron el cierre de la investigación pese a pendientes relevantes.

Las fiscalía parece haber investigado para confirmar una hipótesis y no para esclarecer la verdad

El abogado Pérez Vázquez señaló que, si bien la defensa no acusa públicamente a terceros, sí exige que se explique por qué no se investigaron de manera exhaustiva antecedentes, accesos, cámaras, comunicaciones, trayectorias, posibles contextos previos y toda la información relevante de la víctima vinculada con el hecho.

De igual forma, pidió que se revisen las pruebas ya que aun no cuenrtan con ellas en su totalidad, debido a que la fiscalía ocultó información relevante para el caso, se depuren las omisiones, se contrasten los dichos con evidencia objetiva y no se permita que la presión mediática sustituya al debido proceso.

Asimismo, solicitó que se garantice plenamente el derecho de la defensa a acceder, obtener y ofrecer pruebas. La defensa ha sostenido que la Fiscalía mantuvo fuera de su alcance información relevante de la investigación y entregó copias de registros apenas dos días antes del vencimiento del plazo de seis meses, lo cual impidió conocer oportunamente el contenido de la carpeta, proponer actos de investigación y controvertir de manera efectiva la evidencia, por lo que se señaló su continuación para el 18 de junio de 2026 a las 08:30ª.m.

Por ello, la defensa sostiene que al haberse concedido el diferimiento de la audiencia para que preparan sus pruebas, con ello no busca dilatar el procedimiento, sino permitir que la audiencia intermedia cumpla su función constitucional como verdadero filtro judicial, antes de avanzar hacia una etapa de juicio oral con una acusación marcada por omisiones, inconsistencias y líneas de investigación no agotadas. –sn–

Sociedad Noticias

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