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Anfitriones de Airbnb piden eliminar límite de 183 noches

Anfitriones de estancias turísticas eventuales en Cdmx pidieron eliminar el límite de 183 noches al año y cuestionaron la regulación. El gobierno capitalino amplió hasta diciembre de 2026 el plazo para registrarse en el padrón obligatorio.

Por Deyanira Vázquez | Reportera                                        

Eliminar el límite de 183 noches al año para las estancias turísticas eventuales es la principal demanda de la Comunidad de Pequeños Anfitriones, agrupación que reúne a unos 2 mil propietarios con menos de cuatro inmuebles en plataformas digitales, como Airbnb, en la Ciudad de México.

El reclamo ocurre mientras el gobierno capitalino amplió hasta diciembre de 2026 el plazo para que los anfitriones cumplan con su incorporación obligatoria al registro correspondiente. La organización considera que la regulación vigente impone restricciones que afectan la operación de pequeños propietarios y pidió sustituirla por un esquema con mayor libertad para ofrecer sus inmuebles.

La controversia tiene como eje una reforma publicada en octubre de 2024 que estableció que no se renovará el registro de los inmuebles que hayan tenido una ocupación superior a 50 por ciento de las noches del año, equivalente a 183 noches. La propia legislación contempla que quienes pretendan ofrecer inmuebles adicionales o rentarlos durante periodos más largos deberán sujetarse a las disposiciones de la Ley de Establecimientos Mercantiles.

Anfitriones piden eliminar la restricción

La Comunidad de Pequeños Anfitriones planteó que el límite de 183 noches debe desaparecer y no simplemente modificarse.

La agrupación sostiene que sus integrantes son pequeños propietarios que utilizan las plataformas digitales como una fuente de ingresos y que las restricciones establecidas por la autoridad no distinguen adecuadamente entre quienes administran un número reducido de viviendas y los operadores con múltiples propiedades.

Su posición coloca nuevamente en el centro del debate la pregunta sobre hasta dónde debe llegar la regulación de las plataformas de alojamiento temporal y qué medidas son necesarias para proteger la disponibilidad de vivienda sin afectar a quienes ofrecen espacios de manera individual.

¿Por qué existe el límite de 183 noches?

La restricción surgió de la reforma de 2024 a la regulación de las estancias turísticas eventuales en Cdmx.

El criterio establece que un inmueble registrado no puede mantener una ocupación superior a la mitad de las noches del año para efectos de la renovación de su registro. Si supera ese porcentaje, la legislación prevé que no se renueve el registro del inmueble y que, para ofrecer más propiedades o periodos de renta más extensos, el anfitrión deba sujetarse a las reglas aplicables a establecimientos mercantiles.

En términos prácticos, los 183 días funcionan como un límite anual para conservar el esquema de estancia turística eventual bajo las condiciones establecidas por la legislación capitalina.

La medida fue planteada como parte de una política para contener los efectos de la expansión de los alquileres temporales sobre el mercado de vivienda y evitar que inmuebles destinados originalmente a uso habitacional sean retirados de manera permanente del mercado de renta tradicional.

El registro también es obligatorio

El debate sobre el límite de noches se desarrolla de manera paralela a la obligación de inscribirse en los padrones establecidos por la legislación capitalina.

La normativa contempla tanto un Padrón de Plataformas Tecnológicas como un Padrón de Anfitriones que ofrecen servicios de estancia turística eventual mediante plataformas digitales. Los sistemas electrónicos correspondientes fueron habilitados por la Secretaría de Turismo de la Ciudad de México y la Agencia Digital de Innovación Pública (ADIP).

Los anfitriones deben proporcionar información relacionada con el inmueble y acreditar los requisitos establecidos por la legislación. El registro también permite a las autoridades contar con información sobre las propiedades que participan en este mercado.

La regulación, por tanto, no se limita a controlar el número de noches. También establece mecanismos de identificación, registro, supervisión y cumplimiento de obligaciones para propietarios y plataformas.

El plazo se amplía hasta diciembre de 2026

La ampliación del plazo para completar el registro representa uno de los cambios más recientes en la aplicación de las reglas.

El nuevo calendario concede a los anfitriones más tiempo para incorporarse al sistema obligatorio, en un contexto en el que organizaciones del sector han cuestionado tanto la eficacia como las condiciones de la regulación.

Reportes previos señalaban una baja participación en el padrón. En junio, representantes del sector afirmaron que menos de 5 por ciento de los aproximadamente 27 mil inmuebles que el gobierno capitalino reconocía como activos en plataformas se había inscrito, mientras propietarios promovían recursos de amparo contra distintas disposiciones.

La extensión del plazo busca facilitar el cumplimiento, pero no elimina las obligaciones previstas por la legislación.

Airbnb ya cuestionó la regulación

La disputa no comenzó con la exigencia actual de los pequeños anfitriones.

Airbnb presentó en enero de 2025 un amparo contra la regulación capitalina y cuestionó particularmente la restricción que limita a 50 por ciento las noches de ocupación anual para efectos de renovación del registro. La plataforma sostuvo entonces que la medida afectaba a anfitriones y a sus familias.

El conflicto jurídico muestra que las restricciones han generado inconformidad tanto entre propietarios como entre plataformas digitales.

La discusión también ocurre en un escenario en el que distintos gobiernos buscan establecer mecanismos para conocer cuántos inmuebles participan en el mercado de estancias de corta duración y qué impacto tienen sobre la vivienda, el turismo y las actividades económicas locales.

¿Qué deben hacer los anfitriones?

La legislación capitalina establece que quienes ofrecen estancias turísticas eventuales deben registrar sus inmuebles y cumplir con los requisitos correspondientes.

Entre la información solicitada se encuentra la identificación del propietario o poseedor, documentación fiscal y comprobantes relacionados con el inmueble. El registro debe vincularse con las plataformas en las que se ofrece la propiedad.

Además, los anfitriones que superen determinados niveles de operación enfrentan requisitos adicionales. La legislación establece reglas específicas para quienes registren más de tres inmuebles, incluyendo obligaciones relacionadas con establecimientos mercantiles y permisos de funcionamiento.

El modelo busca diferenciar, al menos parcialmente, entre una persona que ofrece un inmueble y quienes desarrollan una actividad de mayor escala. –sn–

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