Aclaran alcance de procesos penales contra mandos de la Semar

Medidas cautelares no equivalen a sanciones ni a pérdida de derechos. La presunción de inocencia sigue vigente mientras no exista sentencia firme.


Por Gabriela Díaz | Reportera                                                      

Los integrantes de la Secretaría de Marina-Armada de México (Semar) Manuel Roberto Farías Laguna y Fernando Farías Laguna, son «militares de carrera pertenecientes a la milicia permanente, formados durante décadas para el servicio profesional y continuo del Estado mexicano», así lo afirmó el Despacho Epigmenio Mendieta & Asociados.

«Por la naturaleza de dicha condición, su situación jurídica no puede equipararse a la de un empleo ordinario ni resolverse mediante decisiones anticipadas», dijo ante el proceso penales que ambos enffrentan acusados de encabezar una red de «huachicol» (robo de combustible) fiscal desde la Semar.

«La presunción de inocencia, consagrada en el artículo 20 constitucional, establece que toda persona debe ser considerada inocente mientras no exista una sentencia condenatoria firme. Este principio tiene efectos no sólo en el ámbito penal, sino también en el administrativo y laboral», recordó el despacho.

«La separación definitiva del servicio, la baja o la suspensión de haberes únicamente deben derivarse de una sentencia ejecutoriada o de un procedimiento administrativo debidamente instaurado y resuelto, con pleno respeto al debido proceso», expresó.

«Reiteramos que el respeto al Estado de Derecho exige no anticipar sanciones ni emitir juicios de culpabilidad fuera de los cauces institucionales, y garantizar que cualquier determinación se adopte conforme a la ley». –sn–

Sociedad Noticias

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