Profeco recuerda que la Ley Federal de Protección al Consumidor permite revocar el consentimiento en determinados casos dentro de cinco días hábiles y recomienda revisar contratos, políticas de cancelación y comprobantes antes de comprar.
Por Gabriela Díaz | Reportera
Las personas consumidoras pueden revocar su consentimiento sin responsabilidad alguna dentro de los cinco días hábiles previstos por la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), en los supuestos contemplados por el artículo 56.
La disposición establece que el plazo comienza a contar a partir de la entrega del bien o de la firma del contrato, lo último que suceda. La medida busca proteger a consumidores en operaciones que están dentro del ámbito de aplicación de ese artículo.
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) recordó estas disposiciones en la edición 595 de la Revista del Consumidor, donde también recomendó revisar las condiciones de los contratos y conservar documentos relacionados con las operaciones comerciales.
¿Cuándo puede revocarse el consentimiento?
El artículo 56 señala que el contrato se perfecciona después de cinco días hábiles contados desde la entrega del bien o la firma del contrato, lo último que ocurra. Durante ese periodo, el consumidor puede revocar su consentimiento sin responsabilidad alguna, bajo las condiciones previstas por la ley.
La revocación debe realizarse mediante aviso o entrega del bien de manera personal, por correo registrado o certificado, o mediante otro medio fehaciente. Una vez ejercida conforme a la disposición, la operación queda sin efecto y el proveedor debe reintegrar el precio pagado.
La propia legislación establece una consideración para los servicios: la regla de revocación no aplica cuando la fecha prevista para prestar el servicio se encuentra a 10 días hábiles o menos de la fecha de la orden de compra.
Por ello, el plazo de cinco días no debe interpretarse como una autorización general para cancelar cualquier producto o servicio en cualquier circunstancia. Su aplicación depende del tipo de operación y de los supuestos establecidos en la LFPC.
Recomendaciones antes de cancelar
Profeco recomienda leer cuidadosamente el contrato antes de firmarlo y revisar las condiciones relacionadas con cancelaciones, devoluciones y reembolsos.
También aconseja comunicar la decisión al proveedor por un medio que permita acreditar la solicitud y conservar correos electrónicos, recibos, contratos, comprobantes de pago y cualquier otra evidencia relacionada con la operación.
La información disponible en la Revista del Consumidor también recomienda verificar que el proveedor cuente con domicilio y medios de contacto en México, especialmente cuando la contratación se realiza mediante internet.
Esta precaución puede facilitar una eventual reclamación, pues permite acreditar qué producto o servicio fue contratado, cuándo se realizó la operación y cuáles fueron las condiciones aceptadas.
Evita firmar contratos que no comprendas
La Profeco también aconseja no firmar documentos redactados en un idioma que el consumidor no domine y evitar aceptar cláusulas cuyo contenido resulte confuso o difícil de comprender.
La información comercial clara forma parte de los derechos de las personas consumidoras, por lo que las condiciones de contratación deben revisarse antes de aceptar una operación.
En compras realizadas por internet, además, conviene verificar que la página o aplicación corresponda realmente al proveedor y comprobar sus datos de contacto y domicilio. Profeco ha recomendado estas medidas para reducir riesgos en operaciones digitales.
La conservación de comprobantes también resulta relevante cuando existe una controversia, ya que permite documentar la relación comercial y sustentar una eventual reclamación ante la autoridad competente.
¿Qué hacer si el proveedor no responde?
Cuando existe un incumplimiento o una controversia con un proveedor, la persona consumidora puede recurrir a los mecanismos de atención de Profeco, incluidos los procedimientos de conciliación cuando el proveedor participa en ellos.
Profeco cuenta con Concilianet, plataforma que permite presentar determinadas quejas y participar en procedimientos de conciliación por medios electrónicos.
La Procuraduría también dispone del Teléfono del Consumidor para brindar orientación y recibir información relacionada con los derechos de las personas consumidoras.
La recomendación central es revisar las condiciones antes de contratar, identificar los plazos aplicables y documentar cualquier solicitud de cancelación o devolución. De esta manera, el consumidor puede conocer con mayor precisión qué derechos puede ejercer frente al proveedor. –sn–


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